Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

ArdoINB 2022 - Ayudas a proyectos de inversión en el sector vitivinícola, bajo el régimen de ayudas de minimis

[ARDOINB 2022]

Descripción


Objeto

Apoyar a los proyectos de inversión en el sector vitivinícola que no han podido ser atendidas en la convocatoria 2022 realizada conforme al Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivinícola y del Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

Estas ayudas estarán acogidas al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Dotación presupuestaria

1.110.000 €

Prestación económica

Para el ejercicio 2022 se destina a la financiación de estas ayudas, la cantidad de 1.110.000 euros, que serán financiadas exclusivamente con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de los cuales 610.000 euros corresponden a crédito de pago para el año 2022 y 500.000 euros a créditos de compromiso para el 2023.

A quién va dirigido


Personas beneficiarias de las ayudas ArdoINB

Las empresas vitivinícolas, las organizaciones de productores vitivinícolas, las asociaciones de dos o más productores con personalidad jurídica y las organizaciones interprofesionales previstas en el Real Decreto 1363/2018 que en el momento de la solicitud acrediten haber participado en la convocatoria para el ejercicio 2022 del programa OCM vino inversión; que sus solicitudes hubieran sido seleccionadas, priorizadas e incluidas en la lista definitiva de solicitudes aprobadas de conformidad con lo previsto en el artículo 68 del el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre; y que no hayan obtenido ayudas por falta de dotación presupuestaria en el citado programa.

No se concederá la ayuda a las empresas en crisis, según se definen en la Comunicación 2014/C-249/01 de la Comisión de 31 de julio de 2014 sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis, ni a cuantas incumplan los requisitos establecidos en la Orden de 28 de julio de 2021 y en el artículo 61 del Real Decreto 1363/2018.

Requisitos

  • La personas solicitante deberá demostrar viabilidad económica.
  • No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento, no hallarse declarada en concurso.
  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con las correspondientes Haciendas Forales y de los pagos con la Seguridad Social.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1091804

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde la finalización del plazo para la presentación de la solicitud

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites