2022. Ayudas destinadas a financiar la formación de las personas empleadas en las administraciones locales de la Comunidad Autónoma y las administraciones forales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Organismo:
- IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública
- Estado:
Descripción
Objeto
Conceder ayudas a las administraciones públicas de la CAPV que presenten un plan o programa para la formación de su personal, en el ejercicio 2022.
Dotación presupuestaria
591.928 (euro)Prestación económica
Entidades Límite Administraciones Forales de la Comunidad Autónoma 183.556€
Administraciones Municipales de la Comunidad Autónoma 408.372€
- La ayuda adjudicada a una entidad no podrá superar el 50% del coste de su plan o programa de formación.
- Si la suma de las cuantías solicitadas supera la dotación prevista, se tendrá en cuenta para la asignación de dichas cuantías el número de efectivos de la entidad respecto al número de efectivos del total de entidades solicitantes del mismo tipo.
Forma de pago:
- El 100% se tramitará al publicarse la resolución que adjudica las ayudas por ejecución de planes o programas de formación. Este pago tendrá la consideración de entrega a cuenta de la ejecución del plan o programa.
- Si de la justificación realizada se deduce que el plan o programa de formación no se ha ejecutado o se ha ejecutado únicamente en parte, se realizará la liquidación que resulte teniendo en cuenta el grado de ejecución del plan y las cantidades recibidas a cuenta.
- Si la entidad ha recibido una cuantía superior a la que le corresponde, deberá devolver la cantidad percibida indebidamente.
Entidades | Límite |
---|---|
Administraciones Forales de la Comunidad Autónoma | 183.556€ |
Administraciones Municipales de la Comunidad Autónoma | 408.372€ |
- La ayuda adjudicada a una entidad no podrá superar el 50% del coste de su plan o programa de formación.
- Si la suma de las cuantías solicitadas supera la dotación prevista, se tendrá en cuenta para la asignación de dichas cuantías el número de efectivos de la entidad respecto al número de efectivos del total de entidades solicitantes del mismo tipo.
- El 100% se tramitará al publicarse la resolución que adjudica las ayudas por ejecución de planes o programas de formación. Este pago tendrá la consideración de entrega a cuenta de la ejecución del plan o programa.
- Si de la justificación realizada se deduce que el plan o programa de formación no se ha ejecutado o se ha ejecutado únicamente en parte, se realizará la liquidación que resulte teniendo en cuenta el grado de ejecución del plan y las cantidades recibidas a cuenta.
- Si la entidad ha recibido una cuantía superior a la que le corresponde, deberá devolver la cantidad percibida indebidamente.
A quién va dirigido
Administración Local
Requisitos:
-
Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
Administración Foral
Requisitos:
-
Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
Mancomunidades
Requisitos:
-
Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
Cuadrillas
Requisitos:
-
Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
Requisitos
-
Presentar el plan o programa de formación
Deberá presentarse un único Plan o programa de Formación por entidad.
Cada entidad deberá presentar un documento donde se resuma el proceso del diagnostico de necesidades formativas realizado.
Cada entidad podrá participar en la presente convocatoria mediante la presentación de un único plan o programa de formación.
Aquí puede encontrar un modelo de Plan de Formación con los contenidos exigidos.
El plan o programa podrá incluir la formación del personal de los organismos autónomos dependientes de cada entidad.
Los planes o programas de formación que se presenten para solicitar ayudas tendrán, como mínimo, el siguiente contenido:
- objetivo/s general/es del Plan formativo del año 2022
- descripción de los colectivos destinatarios del Plan
- descripción de las acciones formativas contempladas
- calendario o planificación de la oferta formativa
- medios de difusión de la oferta
Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente dicha, una o varias de las siguientes acciones:
- el diseño y/o elaboración de contenidos formativos
- el establecimiento de redes de aprendizaje
- el diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación
- estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad
-
Diagnostico de Necesidades Formativas
Cada entidad presentara un documento (PDF, 90 KB) donde se debe resumir el proceso de diagnostico de necesidades formativas realizado
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP
Organismo que resuelve
- IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP
Información de contacto
Contacto telefónico:
Horario
De lunes a viernes, de 8:30 a 14:30 horas.
Números de teléfono:
9450 17621
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
0096410Solicitud y aportación de documentación.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Cada entidad podrá participar en la presente convocatoria mediante la presentación de un único plan o programa de formación, referido a su propio personal o al de organismos autónomos dependientes de la entidad.
Las entidades supramunicipales podrán presentar planes o programas de formación referidos al personal de todas o algunas de las entidades que las integran. La presentación de estos planes excluirá la posibilidad de presentación de planes o programas por las entidades incluidas en ellos.
Los planes o programas de formación que se presenten tendrán, como mínimo, el siguiente contenido:
- Objetivo(s) general(es) del Plan Formativo del año 2022.
- Descripción de los colectivos destinatarios de los contenidos del Plan Formativo 2022.
- Descripción de las acciones formativas contempladas.
- Calendario o planificación de la oferta formativa.
- Medios de difusión de la oferta.Aquí puede encontrar un modelo de Plan de Formación con los contenidos exigidos.
-
El IVAP, como mínimo, exigirá un documento donde brevemente, se describa el diagnóstico de necesidades formativas realizado. Para ello, podéis consultar el documento rellenable adjunto.
-
Si usted se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación.
En el caso de identificarse con un certificado de persona física, y no estar dado de alta en el Registro electrónico de representantes.
- Para representación legal de la entidad, deberá aportar:
- Copia escaneada documento público o privado con firma notarialmente legitimada (en formato PDF)
- Para representación voluntaria, deberá aportar:
- Las personas que actúen en nombre de una entidad pública aportarán este documento o cualquier otro que acredite que están autorizadas para presentar la solicitud y realizar las gestiones que requiera este procedimiento.
El documento deberá anexarlo a la solicitud.
-
Si usted se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación.
En el caso de identificarse con un certificado de persona física, y no estar dado de alta en el Registro electrónico de representantes.
- Para representación legal de la entidad, deberá aportar:
- Copia escaneada documento público o privado con firma notarialmente legitimada (en formato PDF)
- Para representación voluntaria, deberá aportar:
- Las personas que actúen en nombre de una entidad pública aportarán este documento o cualquier otro que acredite que están autorizadas para presentar la solicitud y realizar las gestiones que requiera este procedimiento.
El documento deberá anexarlo a la solicitud.
-
Si usted se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación para tramitar en nombre de la entidad titular del certificado.
En el caso de identificarse con un medio de identidad electrónica de persona física para actuar en nombre de una entidad o de otra persona física distinta de la titular del certificado y no estar dado de alta en el Registro electrónico de representantes:
- Para la representación legal de la entidad, debe aportar los siguientes documentos:
- Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada (en formato PDF)
- Para la representación voluntaria, debe aportar los siguientes documentos:
- Para actuar en nombre de una entidad pública, debe aportar el siguiente documento o cualquier otro que acredite que tiene autorización para presentar la solicitud y realizar las gestiones que requiera este procedimiento:
Igualmente, si la representación no está inscrita en el Registro electrónico de representantes, deberá aportar copia escaneada del otorgamiento de la representación si se identifica con certificado electrónico de entidad para actuar en nombre de otra persona física o jurídica distinta de la titular del certificado.
Si usted se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación para tramitar en nombre de la entidad titular del certificado.
En el caso de identificarse con un medio de identificación electrónica de persona física, deberá estar dado de alta en el Registro electrónico de representantes para actuar en nombre de una entidad o de otra persona física distinta de la titular del certificado.
También deberá estar inscrita la representación en el Registro electrónico de representantes, si se identifica con certificado electrónico de entidad para actuar en nombre de otra persona física o jurídica distinta de la titular del certificado.
-
Si usted se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación para tramitar en nombre de la entidad titular del certificado.
En el caso de identificarse con un medio de identidad electrónica de persona física para actuar en nombre de una entidad o de otra persona física distinta de la titular del certificado y no estar dado de alta en el Registro electrónico de representantes:
- Para la representación legal de la entidad, debe aportar los siguientes documentos:
- Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada (en formato PDF)
- Para la representación voluntaria, debe aportar los siguientes documentos:
- Para actuar en nombre de una entidad pública, debe aportar el siguiente documento o cualquier otro que acredite que tiene autorización para presentar la solicitud y realizar las gestiones que requiera este procedimiento:
Igualmente, si la representación no está inscrita en el Registro electrónico de representantes, deberá aportar copia escaneada del otorgamiento de la representación si se identifica con certificado electrónico de entidad para actuar en nombre de otra persona física o jurídica distinta de la titular del certificado.
Si usted se identifica con un certificado electrónico de entidad, no es necesario que acredite tener suficiente poder de representación para tramitar en nombre de la entidad titular del certificado.
En el caso de identificarse con un medio de identificación electrónica de persona física, deberá estar dado de alta en el Registro electrónico de representantes para actuar en nombre de una entidad o de otra persona física distinta de la titular del certificado.
También deberá estar inscrita la representación en el Registro electrónico de representantes, si se identifica con certificado electrónico de entidad para actuar en nombre de otra persona física o jurídica distinta de la titular del certificado.
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Presentar el plan o programa de formación
Deberá presentarse un único Plan o programa de Formación por entidad.
Cada entidad deberá presentar un documento donde se resuma el proceso del diagnostico de necesidades formativas realizado.
Cada entidad podrá participar en la presente convocatoria mediante la presentación de un único plan o programa de formación.
Aquí puede encontrar un modelo de Plan de Formación con los contenidos exigidos.
El plan o programa podrá incluir la formación del personal de los organismos autónomos dependientes de cada entidad.
Los planes o programas de formación que se presenten para solicitar ayudas tendrán, como mínimo, el siguiente contenido:
- objetivo/s general/es del Plan formativo del año 2022
- descripción de los colectivos destinatarios del Plan
- descripción de las acciones formativas contempladas
- calendario o planificación de la oferta formativa
- medios de difusión de la oferta
Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente dicha, una o varias de las siguientes acciones:
- el diseño y/o elaboración de contenidos formativos
- el establecimiento de redes de aprendizaje
- el diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación
- estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad
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Diagnostico de Necesidades Formativas
Cada entidad presentara un documento (PDF, 90 KB) donde se debe resumir el proceso de diagnostico de necesidades formativas realizado
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Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
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Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
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Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
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Representación de la entidad
El documento de representación se aportará en el caso de que la tramitación se realice por medio de representante. No es necesario cuando se utiliza el certificado electrónico de la entidad.
- La persona o entidad interesada, para solicitar la ayuda, deberá disponer de un certificado electrónico.
- Preparar la documentación que se indica en el siguiente apartado, escanearla en formato pdf o en uno de los formatos admitidos y guardarla en el ordenador.
- Rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador.
- Acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- Cumplimentar la Solicitud
- Adjuntar los documentos y formularios preparados
- Firmar la solicitud
- Enviar la solicitud y la documentación aportada
- Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Seis meses
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
Alta / modificación de datos de Tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.
Justificación
Justificación de la ejecución del plan o programa formativo
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A fin de justificar el grado de ejecución del plan o programa, las entidades adjudicatarias de la ayuda deberán aportar:
- Memoria relativa a la ejecución del plan o programa formativo presentado
- Certificación relativa al coste del plan o programa de formación ejecutado por la entidad, firmada por el interventor/interventora o responsable de la fiscalización interna de la entidad
- Declaración responsable de que el plan o programa no recibe ayudas, del tipo que fueren, que sumadas a las del IVAP supongan una financiación del mismo en cuantía superior a su coste o al coste de la parte del plan o programa ejecutada
La justificación de la ayuda se realizará a través de "Mi carpeta".
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- Si usted declara que no ha recibido otras ayudas, no es necesario que aporte ningún documento.
- Si usted dispone de otras fuentes de financiación o las ha solicitado, hágalo constar en la certificación relativa al plan o programa de formación ejecutado.
-
Certificación relativa al coste del plan o programa de formación ejecutado por la entidad.
Esta certificación deberá ir firmada por el interventor o responsable de la fiscalización interna de la entidad.
-
Justificación de las ayudas recibidas
La memoria final de evaluación de los resultados ha de incluir:
- Un resumen de las acciones formativas realizadas dentro del plan o programa de formación y de las modificaciones introducidas
- El presupuesto final del plan o programa ejecutado.
Justificación del grado de ejecución del plan o programa.
-
Comunicar en su caso la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados
Comunicar la existencia de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, sean estas de cualquier administración o de cualquier ente, tanto público como privado.
-
Certificación relativa al coste del plan o programa ejecutado
Certificación relativa al coste del plan o programa de formación ejecutado por la entidad. Esta certificación deberá ir firmada por el interventor o responsable de la fiscalización interna de la entidad.
- Declaración responsable de no tener pendientes devoluciones por reintegro de subvenciones conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Declaración responsable de no estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y a la Seguridad Social, según lo establecido en la normativa vigente.
La justificación de la ayuda se realizará en la sede electrónica Mi carpeta.
Para la realización de este trámite es necesario identificarse mediante certificado electrónico.
Otros trámites
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas