Programa Ikertalent 2021 - Ayudas de formación a personal investigador y personal tecnólogo en el ámbito científico-tecnológico y empresarial del sector agrario, pesquero y alimentario

[Programa IKERTALENT]

Descripción


Objeto

Promover la formación de personal investigador y de personal tecnólogo mediante su incorporación y participación en proyectos de I+D+i a desarrollar en áreas científico-tecnológicas, mercados y organización empresarial del sector agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Se establecen dos programas de ayudas:

a) Programa de ayudas a personal investigador en formación

b) Programa de ayudas de formación a personal tecnólogo

El proyecto de I+D+i en el que se desarrollará la actividad formativa versará sobre alguno de los proyectos considerados de carácter estratégico y prioritario por el departamento competente, y que se recogerán en un anexo a la correspondiente Orden de convocatoria anual.

La persona solicitante de la ayuda podrá optar a ambos programas, siempre y cuando cumpla los requisitos de titulación exigidos en cada uno de ellos. Cada solicitante podrá optar a 3 proyectos como máximo. El orden de selección de los proyectos será vinculante.

Programa de ayudas a personal investigador en formación

El objeto de este programa es incentivar la realización de tesis doctorales en aquellas áreas de investigación consideradas estratégicas para el sector agrario, pesquero y alimentario vasco.

El Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el estatuto del personal investigador predoctoral en formación y la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología e Innovación serán de aplicación para las personas beneficiarias de este programa.

Programa de ayudas de formación de personal tecnólogo

El objeto de este programa es la formación de personal técnico especializado en áreas del sector agrario, pesquero y alimentario vasco que pueda incorporarse en un futuro, bien a la actividad sectorial, a través de las empresas y asociaciones del sector, bien a la actividad de los agentes científico-tecnológicos.

Proceso de selección

El proceso de selección se realizará conforme a lo establecido en los artículos 17 al 20 del Decreto 115/2021, de 31 de marzo, regulador del Programa IKERTALENT.

Dotación presupuestaria

1.773.600 €

El presupuesto global máximo destinado a la financiación de estas ayudas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, asciende a la cantidad total de 1.773.600 euros, de los cuales, 353.700 euros corresponden a crédito de pago para 2021, y los restantes 1.419.900 euros, a créditos de compromiso para los ejercicios 2022 a 2025.

En dicho presupuesto global máximo se incluye el gasto derivado de la adscripción a la Seguridad Social que asciende a la cantidad total de 309.600 euros, de los que 52.200 euros corresponden a crédito de pago para 2021 y 257.400 euros a créditos de compromiso con cargo a los ejercicios 2022 a 2025.

Cuantía de las ayudas:

La dotación económica de las ayudas estará destinada a sufragar el coste del personal en formación en el periodo de duración establecido para cada modalidad de ayuda. Se entenderá por coste del personal en formación el comprendido por la remuneración económica bruta anual y la cuantía correspondiente a la cuota de la Seguridad social empresarial.

Además, las personas beneficiarias podrán disfrutar de una ayuda complementaria en los términos dispuestos en el artículo 12 del Decreto 115/2021, de 23 de marzo, regulador del programa IKERTALENT.

  • REMUNERACIÓN ECONÓMICA BRUTA ANUAL

- Personal investigador en formación (becas predoctorales):

La remuneración económica bruta anual de la ayuda será de 19.000 euros el primer año, de 20.000 euros el segundo año, de 22.000 euros el tercer año, y de 28.000 euros el cuarto año.

- Personal tecnólogo:

La remuneración económica bruta anual de la ayuda será de 14.000 euros el primer año y de 14.000 euros el segundo año.

  • AYUDA COMPLEMENTARIA

- Personal investigador en formación: 8.000 euros, disponibles a razón de 2.000 euros por año formativo.

- Personal tecnólogo: 2.000 euros, disponibles a razón de 1.000 euros por año formativo.

En todo caso, el importe de la ayuda complementaria no utilizado en un ejercicio podrá disfrutarse en los ejercicios siguientes, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en el programa presupuestario correspondiente.

A quién va dirigido


Personas tituladas que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 115/2021, del 23 de marzo, regulador del programa IKERTALENT, y estén interesados en la realización de la tesis doctoral en áreas de investigación relacionadas con el sector agrario, pesquero y alimentario vasco (programa de ayudas a personal investigador en formación) o en la realización de formación técnica especializada en actividades científico-tecnológicas de dichas áreas (programa de ayudas de formación a personal tecnólogo).

No podrán obtener la condición de beneficiaria de las ayudas reguladas en este decreto las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 50 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

Requisitos

  • Estar empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero del año de la publicación de la convocatoria. Se admitirán, no obstante, aquellas personas solicitantes que habiendo estado empadronadas en la CAPV no cumplan este requisito por motivos de la realización de estudios fuera de la Comunidad.
  • Estar en posesión del permiso de residencia cuando se trate de personas extracomunitarias.
  • No haber disfrutado de otra ayuda de similares características del departamento del Gobierno vasco competente en materia de agricultura, pesca y alimentación.
  • En aquellos casos en los que el centro de adscripción radique fuera del Estado, la persona solicitante deberá poseer un conocimiento suficiente del idioma del país donde radique el centro para el desarrollo de la ayuda o del idioma técnico necesario para desarrollar la misma. En el caso de que sea necesario, se verificará la suficiencia del conocimiento del idioma, bien a través de los títulos que acreditan el conocimiento de dichos idiomas a nivel de C1 del marco común europeo de referencia para las lenguas, bien a través de las pruebas correspondientes a realizar por la dirección competente en materia de calidad e industrias alimentarias (en adelante dirección competente).
  • No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.
  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
  • REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR:

  • REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DE PERSONAL TECNÓLOGO:

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Idoia Sasigain

Teléfono: 945 01 96 90

E-mail: i-sasigain@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1029106

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Trámites de la actividad formativa


Formularios a disposición de las personas beneficiarias de la ayuda.

Alta o modificación de datos de terceros


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites