Programa 5G Empresarial 2021: Apoyo a proyectos de implantación de tecnologías 5G dentro del ámbito empresarial.
[Programa 5G Empresarial]
- Organismo:
- Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
- Estado:
Descripción
Objeto
Ayudas para apoyar proyectos de implantación de tecnologías 5G dirigidos a acelerar su adopción que permita la transición digital de la economía, dentro del ámbito empresarial, y cuya ejecución sirva de efecto demostración para proyectos similares.
Los casos de uso asociados a estos proyectos deberán contemplar la implantación de soluciones/tecnologías 5G disponibles en el mercado, y aplicables a la actividad operativa de las empresas.
Dotación presupuestaria
1.683.933,43 €Prestación económica
Proyectos y acciones objeto de ayuda.
Serán subvencionables los Proyectos de implantación de tecnologías 5G en empresas de la CAPV, que permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en Euskadi, para lograr mejorar la competitividad de las empresas.
Los proyectos deberán ser de alguna de las siguientes tipologías:
- Uso de redes 5G en sensórica, comunicaciones inalámbricas y procesamiento de datos de plantas industriales.
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con las tecnologías de Industria 4.0 (Ciberseguridad, Visión Artificial, Robótica Colaborativa, etc.).
- Uso de redes 5G en proyectos de movilidad, vehículo autónomo-conectado, redes de transporte inteligente, Logística-optimización cadena de suministro, etc.
- Uso de redes 5G en proyectos relacionados con la transición energético-medioambiental (Monitorización de redes, Reducción de Consumo, Eficiencia Energética, Gestión Medioambiental, etc.).
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con la transición socio-sanitaria (Ambulancia Conectada, Intervenciones quirúrgicas remotas, etc).
Proyectos y acciones objeto de ayuda.
Serán subvencionables los Proyectos de implantación de tecnologías 5G en empresas de la CAPV, que permitan activar la oferta y la demanda de esta tecnología en Euskadi, para lograr mejorar la competitividad de las empresas.
Los proyectos deberán ser de alguna de las siguientes tipologías:
- Uso de redes 5G en sensórica, comunicaciones inalámbricas y procesamiento de datos de plantas industriales.
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con las tecnologías de Industria 4.0 (Ciberseguridad, Visión Artificial, Robótica Colaborativa, etc.).
- Uso de redes 5G en proyectos de movilidad, vehículo autónomo-conectado, redes de transporte inteligente, Logística-optimización cadena de suministro, etc.
- Uso de redes 5G en proyectos relacionados con la transición energético-medioambiental (Monitorización de redes, Reducción de Consumo, Eficiencia Energética, Gestión Medioambiental, etc.).
- Uso de red 5G en proyectos relacionados con la transición socio-sanitaria (Ambulancia Conectada, Intervenciones quirúrgicas remotas, etc).
A quién va dirigido
Las personas físicas y jurídicas que realicen actividad empresarial, independientemente del tamaño de la empresa, que dispongan de un centro de actividad en la CAPV, en el que realizarán la actuación subvencionable.
Requisitos
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Gobierno Vasco > Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Organismo que resuelve
- Gobierno Vasco
Información de contacto
SPRI
Tfno.: 944037000
E-mail: isuarez@spri.eus, jmugica@spri.eus
Gobierno Vasco - Dirección de Transformación Digital y Emprendimiento
Tfno.: 945 01 82 21
e-mail: anavitorica@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
1111301Solicitud y aportación de documentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 15:00 horas del día 22 de octubre de 2021.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Las solicitudes de ayuda y demás documentación complementaria prevista en la presente se cumplimentarán en formato electrónico en la sede electrónica señalada en el artículo anterior, de acuerdo al modelo que en la misma se facilita.
Las entidades interesadas habrán de presentar una solicitud por cada proyecto con firma electrónica del representante legal de la entidad. La solicitud deberá ir acompañada de ficheros con la copia digitalizada de la documentación siguiente:
- Declaración responsable del representante legal de la entidad. Declaración, según modelo adjunto a la solicitud realizada por el representante legal de la entidad en la que se hagan constar las siguientes circunstancias:
- Nombre y Apellidos y Número de Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE) del representante legal de la entidad.
- Domicilio de, al menos, un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el que desarrollará la actividad subvencionable.
- Relación de ayudas de minimis concedidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en el que se solicite la ayuda, indicando fecha de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
- Relación de ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas por instituciones públicas o privadas, indicando fecha de solicitud, o en su caso, de concesión, organismo, programa e importe de la ayuda.
- No encontrarse en alguna de las situaciones previstas en el “Artículo 3.- Entidades beneficiarias” de esta norma que imposibilitan obtener la condición de beneficiaria.
- Copia del poder notarial del representante legal. En el caso de que el solicitante sea un trabajador autónomo, Certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral o Ayuntamiento correspondiente, actualizado, que acredite la actividad económica.
- NIF de la entidad solicitante.
- Copia del certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad y número de la cuenta corriente (IBAN) a nombre del solicitante.
- Ofertas técnica y económica diferenciadas del proyecto, que deberá contener información detallada sobre los siguientes puntos:
- Actividad y situación actual de la empresa en base a la tecnología.
- Problema / necesidad detectada. Objetivos que se quieren alcanzar.
- Descripción de las tareas de ingeniería y/o consultoría a realizar.
- Descripción de las inversiones en hardware y software a abordar en el proyecto objeto de subvención. Aclarar la relación con el proyecto y la necesidad del mismo.
- Análisis detallado de la solución 5G a implantar. Tecnologías a emplear en el proyecto. Descripción de los Casos de Uso.
- Desglose del presupuesto que incluya todos los costes del proyecto.
- Estimación de horas por cada una de las tareas a realizar (dedicaciones).
- Calendario de ejecución del proyecto.
- En el caso de que la empresa solicitante haya sido constituida en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, deberá presentar su «Plan de Negocio».
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitido -PDF-) y guardarla en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.