Convocatoria de ayudas a los centros privados o de iniciativa social que tengan profesorado liberado para participar, durante el año 2021, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo

[IRALE PRIBATUAK_2021]

Descripción


Objeto

Convocar ayudas destinadas a los centros privados o de iniciativa social, cuyos profesores/as hayan participado, durante el año 2021, en cursos de euskera del programa Irale impartidos dentro del horario lectivo, con el fin de subvencionar los gastos derivados de la sustitución de los/as mismos/as. 

Dotación presupuestaria

628.010, 86 (euro)

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Tener suficiente poder de representación

  • Durante el año 2021 (septiembre-diciembre) hayan tenido uno/a o más profesores/as candidatos/as liberados/as o aceptados/as a liberar por la Administración Educativa para la realización de cursos a impartir dentro del horario lectivo.
  • Hayan dado o den su conformidad, a través del correspondiente director/a del centro, para la liberación de dichos/as cursillistas.

Requisitos

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Si el centro recibiera cualquier otra subvención a través de otras instituciones públicas o privadas por el mismo motivo que el objeto de esta convocatoria, deberá expresarlo específicamente adjuntando a la solicitud la correspondiente documentación acreditativa. Sin embargo, la suma de las diferentes subvenciones, no podrá superar el 100% del coste total de las sustituciones pertinentes, en cuyo caso, se reducirá el importe de la ayuda hasta alcanzar el límite correspondiente.
  • Utilizar la subvención para el concreto destino para el que ha sido concedida.
  • Y con carácter general los que se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0035316

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Viceconsejería de Educación dictará la resolución. Dicha resolución se publicará en el tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y tendrá efectos de notificación a partir del día siguiente, https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios. La Resolución de concesión, con la relación de los/as profesores/as liberados/as en la 1ª tanda del curso 2021-2022 (es decir, entre septiembre y diciembre de 2021), sujetos de percibir subvención por parte del Departamento de Educación, se notificará en diciembre de 2021.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Otros trámites