Beca de formación de jóvenes en el área de Acción Exterior 2021-2022
[becas acción exterior]
- Organismo:
- Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza
- Estado:
Descripción
Objeto
Impulsar la formación de jóvenes en el área de Acción Exterior
Destino de las Becas:
Las personas beneficiarias de las becas de Asuntos Europeos llevarán a cabo su actividad en los siguientes destinos:
- Dos becas en la Secretaría General de Acción Exterior, en Vitoria-Gasteiz.
- Dos en la Delegación de Euskadi para la Unión Europea, en Bruselas.
Las personas beneficiarias de las becas de la Comunidad Vasca en el Exterior llevarán a cabo su actividad en el siguiente destino:
- Dos becas en la Secretaría General de Acción Exterior, en Vitoria-Gasteiz.
Las personas beneficiarias de las becas de Relaciones Exteriores llevarán a cabo su actividad en el siguiente destino:
- Dos becas en la Secretaría General de Acción Exterior, en Vitoria-Gasteiz.
Puntuacones finales
Listados definitivos
- Asuntos Europeos (PDF, 526 KB)
- Comunidad Vasca en el Exterior (PDF, 497 KB)
- Relaciones Exteriores (PDF, 526 KB)
Listados provsionales
- Asuntos Europeos (PDF, 529 KB)
- Comunidad Vasca en el Exterior (PDF, 495 KB)
- Relaciones Exteriores (PDF, 519 KB)
Prueba escrita
Dotación presupuestaria
144.000Prestación económica
- Becas cuyo destino es Vitoria-Gasteiz, 16.000 euros brutos cada una.
- Becas cuyo destino las Delegaciones de Euskadi en el exterior o sus oficinas dependientes, 24.000 euros brutos cada una.
Nota: Las cantidades percibidas estarán sujetas al régimen correspondiente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al de la Seguridad Social.
Forma de pago:
La beca se abonará fraccionadamente, del siguiente modo:
- Un primer pago se efectuará tras la aceptación de la beca, por un importe equivalente al 50% de la ayuda adjudicada.
- El segundo pago, por el 20%, se efectuará transcurridos cuatro meses desde el inicio del disfrute de la beca, tras la presentación por las personas becadas de los correspondientes informes parciales.
- El tercer y último pago, por el 30% restante, se efectuará una vez finalizada la beca, tras la presentación por las personas becadas de los correspondientes informes finales.
- Becas cuyo destino es Vitoria-Gasteiz, 16.000 euros brutos cada una.
- Becas cuyo destino las Delegaciones de Euskadi en el exterior o sus oficinas dependientes, 24.000 euros brutos cada una.
Nota: Las cantidades percibidas estarán sujetas al régimen correspondiente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al de la Seguridad Social.
La beca se abonará fraccionadamente, del siguiente modo:
- Un primer pago se efectuará tras la aceptación de la beca, por un importe equivalente al 50% de la ayuda adjudicada.
- El segundo pago, por el 20%, se efectuará transcurridos cuatro meses desde el inicio del disfrute de la beca, tras la presentación por las personas becadas de los correspondientes informes parciales.
- El tercer y último pago, por el 30% restante, se efectuará una vez finalizada la beca, tras la presentación por las personas becadas de los correspondientes informes finales.
A quién va dirigido
Personas físicas
Requisitos:
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido sancionado/a adminitrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que nahbilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
- Acreditar la identidad de la persona física
-
No haber sido beneficiario/a anteriormente con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido beneficiario/a de estas mismas becas:
Datos a aportar:
- nombre y apellidos
- dni
- certificación de no hayarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente
- fecha y firma
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido beneficiario/a de estas mismas becas:
Datos a aportar:
- nombre y apellidos
- dni
- certificación que no ha sido beneficiario/a con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza
- fecha y firma
Requisitos
-
Acreditar el rendimiento académico
La trayectoria académica universitaria se valorará con hasta 10 puntos, que serán otorgados teniendo en cuenta la nota media obtenida en la licenciatura o grado acreditada documentalmente, del modo siguiente:
- 2 puntos cuando la nota media se encuentre entre 5 y 5,99
- 4 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 6 y el 6,99
- 6 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 7 y el 7,99
- 8 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 8 y el 8,99
- 10 puntos cuando la nota media se encuentre entre 9 y 10
Los conocimientos de la persona solicitante, en temas de la Unión Europea, las Relaciones Exteriores o la Comunidad Vasca en el Exterior, en función de la beca a la que se presenten, se valorará hasta 15 puntos, del modo siguiente:
- 15 puntos por cursos de 100 horas o superiores
- 10 puntos por cursos de al menos 50 horas.
-
Acreditar realización de otras actividades y formaciones baremables para la obtención de la beca
Modalidad de las pruebas.
Las personas aspirantes realizarán una prueba escrita que consistirá en un test de 15 preguntas adecuadas a la modalidad de beca a la que opten. Dispondrán para la realización de esta prueba de 30 minutos. Se valorará con un máximo de 15 puntos, teniendo cada pregunta la misma puntuación, y del modo siguiente:
a) Modalidad de Asuntos Europeos:
- 5 preguntas relacionadas con el ámbito institucional de la Unión Europea.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad política europea.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad económica europea.
b) Modalidad de Relaciones Exteriores:
- 5 preguntas relacionadas con los organismos multilaterales.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad política internacional. No habrá preguntas relativas a Europa.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad económica internacional. No habrá preguntas relativas a Europa.
c) Modalidad de Comunidad Vasca en el Exterior:
- 5 preguntas relacionadas con el ámbito de los Centros Vascos.
- 5 preguntas relacionadas con la memoria histórica de la emigración vasca.
- 5 preguntas relacionadas con los programas institucionales para la diáspora vasca.
- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad a la fecha de convocatoria de las becas o ser socio o socia de un centro vasco oficialmente reconocido
- Acreditar la cualificación académica y profesional
-
Poseer titulación universitaria superior o de grado.
Títulos universitarios oficiales otorgados a una persona física y registrados en el Ministerio de Educación (MEC).
-
Acreditar conocimiento de lenguas extranjeras
El nivel de conocimiento oral y escrito de idiomas se valorará con hasta 20 puntos, del modo siguiente
Por conocimiento de euskera se concederán hasta 15 puntos, del siguiente modo:
- 5 puntos a quienes acrediten el certificado de euskera correspondiente al nivel B2.
- 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1.
- 20 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C2.
Por conocimiento de inglés se concederán hasta 15 puntos, del siguiente modo:
- 5 puntos a quienes acrediten el certificado de inglés correspondiente al nivel B1.
- 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B2.
- 15 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1 o superior.
Otros idiomas extranjeros:
- Se concederán 2,5 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B1.
- Se concederán 5 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B2.
- Se concederán 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1.
- Tener 28 años como máximo el 1 de enero del año en que se convoquen las becas
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza / Secretaría General de Acción Exterior > Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior
Organismo que resuelve
- Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza / Secretaría General de Acción Exterior > Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior
Información de contacto
BECAS DE ASUNTOS EUROPEOS Y RELACIONES EXTERIORES
Elena Iturrate
Dirección de Relaciones Exteriores
C/ Navarra, 2 01007 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: (+34) 945 01 78 43
BECAS COMUNIDAD VASCA EN EL EXTERIOR
Benan Oregi
Direccion de la Comunidad Vasca en el Exterior
C/ Navarra, 2 01007 Vitoria-Gasteiz
Teléfono: (+34) 945 01 78 43
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
0073106Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Para acreditar el rendimiento académico personal debe usted aportar el siguiente documento:
- Certificado del expediente académico completo emitido por su universidad de cada titulación.
-
Debe aportar la siguiente documentación para acreditar sus datos de residencia:
- volante de padrón en formato electrónico o copia escaneada (en formato PDF).
-
Rellene el formulario "Curriculum Vitae" y adjúntelo a la solicitud.
Además, debe aportar los documentos (copia escaneada en formato PDF) que acrediten los méritos alegados respecto a su trayectora académica, conocimiento de euskera y lenguas extranjeras, informática, otra formación y práctica profesional en el área de cooperación al desarrollo.
-
Si se trata de un título universitario oficial registrado en el Ministerio de Educación (MEC) y si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte los datos en el registro de títulos del Ministerio de Educación, no es necesario que aporte ningún documento. Marque el consentimiento en la solicitud.Si se trata de títulos extranjeros no homologados, o en el caso de que usted no de su consentimiento, debe aportar el siguiente documento:
- copia escaneada del título universitario oficial (en formato PDF)
-
Copia escaneada en formato PDF de:
- Certificado de conocimiento de lenguas extranjeras expedido por la entidad correspondiente en cada caso
-
Si usted ha utilizado un certificado electrónico (DNI o certificado de ciudadano) para identificarse, no es necesario que adjunte ningún documento.
-
Acreditar el rendimiento académico
La trayectoria académica universitaria se valorará con hasta 10 puntos, que serán otorgados teniendo en cuenta la nota media obtenida en la licenciatura o grado acreditada documentalmente, del modo siguiente:
- 2 puntos cuando la nota media se encuentre entre 5 y 5,99
- 4 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 6 y el 6,99
- 6 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 7 y el 7,99
- 8 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 8 y el 8,99
- 10 puntos cuando la nota media se encuentre entre 9 y 10
Los conocimientos de la persona solicitante, en temas de la Unión Europea, las Relaciones Exteriores o la Comunidad Vasca en el Exterior, en función de la beca a la que se presenten, se valorará hasta 15 puntos, del modo siguiente:
- 15 puntos por cursos de 100 horas o superiores
- 10 puntos por cursos de al menos 50 horas.
-
Acreditar realización de otras actividades y formaciones baremables para la obtención de la beca
Modalidad de las pruebas.
Las personas aspirantes realizarán una prueba escrita que consistirá en un test de 15 preguntas adecuadas a la modalidad de beca a la que opten. Dispondrán para la realización de esta prueba de 30 minutos. Se valorará con un máximo de 15 puntos, teniendo cada pregunta la misma puntuación, y del modo siguiente:
a) Modalidad de Asuntos Europeos:
- 5 preguntas relacionadas con el ámbito institucional de la Unión Europea.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad política europea.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad económica europea.
b) Modalidad de Relaciones Exteriores:
- 5 preguntas relacionadas con los organismos multilaterales.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad política internacional. No habrá preguntas relativas a Europa.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad económica internacional. No habrá preguntas relativas a Europa.
c) Modalidad de Comunidad Vasca en el Exterior:
- 5 preguntas relacionadas con el ámbito de los Centros Vascos.
- 5 preguntas relacionadas con la memoria histórica de la emigración vasca.
- 5 preguntas relacionadas con los programas institucionales para la diáspora vasca.
- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad a la fecha de convocatoria de las becas o ser socio o socia de un centro vasco oficialmente reconocido
- Acreditar la cualificación académica y profesional
-
Poseer titulación universitaria superior o de grado.
Títulos universitarios oficiales otorgados a una persona física y registrados en el Ministerio de Educación (MEC).
-
Acreditar conocimiento de lenguas extranjeras
El nivel de conocimiento oral y escrito de idiomas se valorará con hasta 20 puntos, del modo siguiente
Por conocimiento de euskera se concederán hasta 15 puntos, del siguiente modo:
- 5 puntos a quienes acrediten el certificado de euskera correspondiente al nivel B2.
- 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1.
- 20 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C2.
Por conocimiento de inglés se concederán hasta 15 puntos, del siguiente modo:
- 5 puntos a quienes acrediten el certificado de inglés correspondiente al nivel B1.
- 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B2.
- 15 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1 o superior.
Otros idiomas extranjeros:
- Se concederán 2,5 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B1.
- Se concederán 5 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B2.
- Se concederán 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1.
- Tener 28 años como máximo el 1 de enero del año en que se convoquen las becas
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido sancionado/a adminitrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que nahbilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
- Acreditar la identidad de la persona física
-
No haber sido beneficiario/a anteriormente con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido beneficiario/a de estas mismas becas:
Datos a aportar:
- nombre y apellidos
- dni
- certificación de no hayarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente
- fecha y firma
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido beneficiario/a de estas mismas becas:
Datos a aportar:
- nombre y apellidos
- dni
- certificación que no ha sido beneficiario/a con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza
- fecha y firma
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica. - Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
- Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.
-
Para acreditar el rendimiento académico personal debe usted aportar el siguiente documento:
- Certificado del expediente académico completo emitido por su universidad de cada titulación.
-
Debe aportar la siguiente documentación para acreditar sus datos de residencia:
- volante de padrón.
-
Aportar "Curriculum Vitae" y adjúntelo a la solicitud.
Además, debe aportar los documentos (fotocopia) que acrediten los méritos alegados:
- Trayectoria académica: Certificado del expediente académico emitido por la universidad.
- Idiomas: Certificados de lenguas extranjera.
- Informática: Certificados de cursos.
- Euskera: Certificado de euskera.
- Otra formación: Certificados de cursos u otras actividades.
- Práctica profesional: Documentación acreditativa de practicas o trabajo en el área de cooperación al desarrollo.
-
Si se trata de un título universitario oficial registrado en el Ministerio de Educación (MEC) y si usted da suconsentimiento a la Administración para que consulte los datos en el registro de títulos del Ministerio deEducación, no es necesario que usted aporte ningún documento.
Si se trata de títulos extranjeros no homologados, o en el caso de que usted no de su consentimiento, debe aportar el siguiente documento:
- copia compulsada del título universitario oficial
-
Original o copia compulsada de:
- Certificado de conocimiento de lenguas extranjeras expedido por la entidad correspondiente en cada caso
-
Deberá aportar una copia de uno de los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Número de Identificación de Extranjería (NIE)
- Pasaporte
Lehendakaritza
C/ Navarra, 2
01007 Vitoria - Gasteiz
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Acreditar el rendimiento académico
La trayectoria académica universitaria se valorará con hasta 10 puntos, que serán otorgados teniendo en cuenta la nota media obtenida en la licenciatura o grado acreditada documentalmente, del modo siguiente:
- 2 puntos cuando la nota media se encuentre entre 5 y 5,99
- 4 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 6 y el 6,99
- 6 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 7 y el 7,99
- 8 puntos cuando la nota media se encuentre entre el 8 y el 8,99
- 10 puntos cuando la nota media se encuentre entre 9 y 10
Los conocimientos de la persona solicitante, en temas de la Unión Europea, las Relaciones Exteriores o la Comunidad Vasca en el Exterior, en función de la beca a la que se presenten, se valorará hasta 15 puntos, del modo siguiente:
- 15 puntos por cursos de 100 horas o superiores
- 10 puntos por cursos de al menos 50 horas.
-
Acreditar realización de otras actividades y formaciones baremables para la obtención de la beca
Modalidad de las pruebas.
Las personas aspirantes realizarán una prueba escrita que consistirá en un test de 15 preguntas adecuadas a la modalidad de beca a la que opten. Dispondrán para la realización de esta prueba de 30 minutos. Se valorará con un máximo de 15 puntos, teniendo cada pregunta la misma puntuación, y del modo siguiente:
a) Modalidad de Asuntos Europeos:
- 5 preguntas relacionadas con el ámbito institucional de la Unión Europea.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad política europea.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad económica europea.
b) Modalidad de Relaciones Exteriores:
- 5 preguntas relacionadas con los organismos multilaterales.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad política internacional. No habrá preguntas relativas a Europa.
- 5 preguntas relacionadas con la actualidad económica internacional. No habrá preguntas relativas a Europa.
c) Modalidad de Comunidad Vasca en el Exterior:
- 5 preguntas relacionadas con el ámbito de los Centros Vascos.
- 5 preguntas relacionadas con la memoria histórica de la emigración vasca.
- 5 preguntas relacionadas con los programas institucionales para la diáspora vasca.
- Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad a la fecha de convocatoria de las becas o ser socio o socia de un centro vasco oficialmente reconocido
- Acreditar la cualificación académica y profesional
-
Poseer titulación universitaria superior o de grado.
Títulos universitarios oficiales otorgados a una persona física y registrados en el Ministerio de Educación (MEC).
-
Acreditar conocimiento de lenguas extranjeras
El nivel de conocimiento oral y escrito de idiomas se valorará con hasta 20 puntos, del modo siguiente
Por conocimiento de euskera se concederán hasta 15 puntos, del siguiente modo:
- 5 puntos a quienes acrediten el certificado de euskera correspondiente al nivel B2.
- 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1.
- 20 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C2.
Por conocimiento de inglés se concederán hasta 15 puntos, del siguiente modo:
- 5 puntos a quienes acrediten el certificado de inglés correspondiente al nivel B1.
- 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B2.
- 15 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1 o superior.
Otros idiomas extranjeros:
- Se concederán 2,5 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B1.
- Se concederán 5 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel B2.
- Se concederán 10 puntos a quienes acrediten el certificado correspondiente al nivel C1.
- Tener 28 años como máximo el 1 de enero del año en que se convoquen las becas
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido sancionado/a adminitrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que nahbilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
- Acreditar la identidad de la persona física
-
No haber sido beneficiario/a anteriormente con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido beneficiario/a de estas mismas becas:
Datos a aportar:
- nombre y apellidos
- dni
- certificación de no hayarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente
- fecha y firma
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido beneficiario/a de estas mismas becas:
Datos a aportar:
- nombre y apellidos
- dni
- certificación que no ha sido beneficiario/a con estas mismas becas o con una beca de igual o similar naturaleza
- fecha y firma
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo 6 meses, a contar desde el día de publicación de la presente convocatoria.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Seleccionar el formulario "Alta de datos / Tercero interesado" en el caso de pagos nacionales.
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
-
Seleccionar el formulario " Alta datos / Tercero interesado (pagos internacionales) en el supuesto de pagos internacionales
A: Datos identificativos de la persona física o jurídica según se indican a continuación.
- Personas físicas: número de documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o número de pasaporte si se trata de extranjeros.
- Personas jurídicas: código de identificación fiscal
- Personas físicas: nombre y dos apellidos.
- Personas jurídicas: nombre o razón social.
B: Datos bancarios.
- Código y denominación de la entidad bancaria.
- Código y denominación de la agencia.
- Dígito de control de la cuenta y el número de cuenta del titular en la entidad bancaria
- Nombre y dos apellidos en el caso de personas físicas y nombre o razón social en el caso de personas jurídicas.
- El titular de la cuenta bancaria tiene que ser el mismo que el tercero interesado.
C: Firma y sello de la entidad bancaria certificando los datos bancarios.
- La firma y sello de la entidad bancaria podrán ser sustituidos por documento del banco que acredite que el tercero interesado es el titular de la cuenta bancaria.
D: Firma y sello del tercero interesado, certificando la corrección de los datos que figuran en el documento.
E: A rellenar por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Lehendakaritza
C/ Navarra, 2
01007 Vitoria - Gasteiz
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para darse de alta o modificar sus datos de tercero interesado utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación indicados.
Aceptación de la ayuda
Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aceptar la ayuda utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Lehendakaritza
C/ Navarra, 2
01007 Vitoria - Gasteiz
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aceptar la ayuda utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Justificación
Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
La persona beneficiaria de la ayuda, periódicamente deberá aportar el correspondiente informe sobre el desarrollo de las actividades realizadas. Los plazos de presentación de los mismos será.
- Primer informe: Transcurridos cuatro meses desde el inicio del disfrute de la beca
- Segundo informe: Transcurrisos seis meses desde la entrega del primer informe
- Informe Final: Transcurridos 15 días desde la finalización de la beca.
- Justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido sancionado/a adminitrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que nahbilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
-
La persona beneficiaria de la ayuda, periódicamente deberá aportar el correspondiente informe sobre el desarrollo de las actividades realizadas. Los plazos de presentación de los mismos será.
- Primer informe: Transcurridos cuatro meses desde el inicio del disfrute de la beca
- Segundo informe: Transcurrisos seis meses desde la entrega del primer informe
- Informe Final: Transcurridos 15 días desde la finalización de la beca.
Lehendakaritza
C/ Navarra, 2
01007 Vitoria - Gasteiz
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Adjuntar un documento donde se acredite que no ha sido sancionado/a adminitrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que nahbilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
Para justificar la ayuda concedida, entregue los formularios y la documentación necesaria en alguno de los lugares de presentación señalados.
Otros trámites
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
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C/ Navarra, 2
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Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Acceda a Mi carpeta y en el apartado Mi perfil podrá modificar sus datos de contacto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
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Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
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Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
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Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación que considere necesaria en los lugares de presentación señalados.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
- Prepare la documentación en formato digital.
- Acceda a Mi carpeta.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
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Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas