Convocatoria de subvenciones para proyectos de inclusión socio-laboral de personas penadas internadas en centros penitenciarios o en libertad condicional y de penadas con suspensión de la ejecución de su pena privativa de libertad (2020).

Descripción


Objeto

Subvenciones para proyectos de inclusión socio-laboral de personas penadas internadas en centros penitenciarios o en libertad condicional y de penadas con suspensión de la ejecución de su pena privativa de libertad , a desarrollarse en 2020.

Dotación presupuestaria

500.000 euros

Prestación económica

1.- Forma de adjudicación:

  • procedimiento de concurrencia competitiva
  • Criterios de valoración: los indicados en el artículo 12 de la Orden de convocatoria.

2.- Forma de reparto de la dotación: conforme a lo indicado en el artículo 13 de la Orden de convocatoria.

3.- Importe máximo de subvención que podrá concederse a un proyecto: 50.000 €.

4.- Importe máximo de los proyectos subvencionables: según lo dispuesto por el artículo 8.3 de la Orden de convocatoria no se subvencionarán proyectos cuya cuantía sea superior a 80.000 €.

5.- Límite temporal: los proyectos deben realizarse en el año 2020.

 

 

 

 

 

Forma de pago:

Conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Orden de convocatoria:

- tras la notificación de la resolución de concesión y transcurrido el plazo de aceptación, se hará efectivo el setenta y cinco por ciento (75%) del importe de la subvención. El veinticinco por ciento (25%) restante se hará efectivo, previa justificación mediante la presentación en la Dirección de Justicia de los documentos mencionados en el artículo 18, antes del 28 de febrero del 2021.

- Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, se podrá abonar la totalidad de la subvención mediante un único pago en el caso de actividades ya finalizadas con anterioridad a la notificación de la resolución de concesión, siempre y cuando la entidad haya justificado totalmente la
finalidad para la que fue concedida la subvención, mediante la documentación justificativa a que hace referencia el párrafo anterior.

A quién va dirigido


Entidades sin animo de lucro

Requisitos:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  • Acreditar poder suficiente de representación

  • Entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el registro que por su naturaleza jurídica corresponda, con sede y actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi
  • No estar incursa en las prohibiciones para ser beneficiario que se establecen en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos

  • Los proyectos deben reunir los requisitos indicados en el artículo 2 de la Orden de convocatoria.

  • Deben indicarse los gastos e ingresos del proyecto. El importe de los gastos de ejecución del proyecto no puede exceder de 80.000 euros.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Trabajo y Justicia > Consejero/a de Trabajo y Justicia

Organismo que resuelve

  • Trabajo y Justicia / Viceconsejería de Justicia > Dirección de Justicia

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0040810

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la orden.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta / modificación de datos de Tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
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  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Aceptación de la ayuda


Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario que se facilita a continuación. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
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    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


La justificación tendrá dos vertientes: una material, para la cual las entidades deberán aportar una memoria justificativa (distinta de la memoria de proyecto que hay que presentar junto con la solicitud de subvención) y una económica, que se realizará aportando la cuenta justificativa.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
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    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites