Planes de euskera 2020

[LanHitz 2020]

Descripción


Objeto

Fomentar del uso y la presencia del euskera en los centros de trabajo del sector privado ubicados en la CAE.

Dotación presupuestaria

2.000.000

Prestación económica

Para calcular el importe de la subvención que corresponde a cada proyecto, se depurará la cantidad solicitada, aplicando los límites recogidos en el artículo 18. La puntuación conseguida por cada proyecto se transformará en porcentaje (por ejemplo: 50 puntos = 50%) y ese porcentaje se le aplicará a la cantidad resultante de la depuración de la solicitud.

La ayuda concedida en ningún caso podrá superar el 60% de lo establecido en el presupuesto depurado. Asimismo, no se adjudicará una subvención superior a la solicitada.

En caso de que las actividades objeto de subvención, una vez valoradas, no alcancen los 40 (cuarenta) puntos o si, una vez que la Comisión de Valoración elabora la propuesta de resolución, a alguna de las personas o entidades participantes le corresponde una ayuda inferior a mil (1.000) euros, la Viceconsejería de Política Lingüística desestimará la solicitud.

Las entidades que se presenten por primera vez a este programa o que habiéndose presentado no hayan obtenido subvención alguna, además de la subvención correspondiente, dispondrán de un suplemento de hasta 3.000 euros.

Cada persona o entidad recibirá una ayuda máxima de 25.000 euros si ya ha recibido subvención de la VPL durante más de 12 años, y el resto, de 35.000 euros.

No obstante, si los importes resultantes superan la dotación económica d ela convocatoria, las cuantías a percibir se prorratearán en igual proporción, a fin de ajustar a las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.

 

Forma de pago:

El pago de las subvenciones concedidas se realizará en dos plazos:

a) En el primer pago se abonará el sesenta y cinco por ciento (65%) de la subvención total, en el plazo de dos (2) meses a partir del día en que se dé por aceptada la subvención.

b) En el segundo pago, si así procede, se abonará el treinta y cinco por ciento (35%) restante en el plazo de un mes a partir del día que se reciba y se apruebe la documentación completa para la justificación de la subvención. Este pago se efectuará con cargo a los presupuestos de 2021.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Acreditar la identidad de la persona física

  • Acreditar el alta en el régimen de autónomos o mutualidad profesional correspondiente

  • Acreditar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas

Personas Jurídicas Privadas

La persona jurídica privada:

  • Realiza alguna actividad económica
  • Se halla en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar
  • Está constituida legalmente conforme a la legislación vigente

Requisitos:

Requisitos

  • Contar con un plan de gestión aprobado por el órgano de máximo poder ejecutivo

  • Presentar el plan de gestión anual debidamente cumplimentado.

  • Contar con un/a coordinador/a de euskera y/o comisión de euskera.

  • Presentar el sistema de indicadores debidamente cumplimentado.

  • El nivel de autofinanciación del proyecto será al menos del 40 %

  • Si cuenta con una plantilla superior a 150 personas, elaborar y aplicar un plan de igualdad de mujeres y hombres.

  • Cumplir los requisitos establecidos en la normativa.

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Política Lingüística

Información de contacto


Para contactar con la Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación:

Dirección de correo electrónico: lanhitz@euskadi.eus

Por teléfono:

  • Edurne Pérez de San Román (945 018105)
  • Alberto Telleria (945 018115)
  • Ander Alonso (945 019487)
  • Ainhoa Delgado (945 018105)

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0096108

Solicitud y aportación de documentación.


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Resolución será notificada a las personas y entidades interesadas en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

Aceptación de la ayuda


En esta convocatoria no es obligatoria la aceptación expresa de la subvención.

Si en el plazo de diez (10) días a partir del siguiente a la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la subvención a las personas o entidades beneficiarias, estas no renuncian expresamente por escrito a la misma, se entenderá que la subvención queda aceptada.

En caso de querer renunciar a la subvención, debe utilizarse el formulario correspondiente a renuncia que encontrará en el trámite del mismo nombre.

Justificación


Las personas o entidades beneficiarias de la subvención deberán justificar la realización de la actividad subvencionada.

Los gastos que se presenten para justificar la subvención deberán ser del plazo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y los justificantes de dichos gastos deberán ser posteriores al 1 de enero de 2020 y anteriores a la finalización del plazo de justificación.

Los documentos justificativos de la ayuda concedida podrán presentarse hasta el 31 de marzo de 2021.

 

 

Otros trámites