Becas para realizar estudios universitarios y superiores, curso 2020-2021.

[GOI-MAILAKO BEKA OROKORRA]

Descripción


Objeto

Concesión de becas para estudiantes de enseñanza superior con vecindad administrativa en el País Vasco, que durante el año académico 2020-2021 vayan a realizar cualquiera de los estudios universitarios o superiores siguientes en un centro ubicado en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma o del resto del Estado:

  1. Estudios conducentes a la obtención del título universitario oficial de Grado.
  2. Estudios conducentes a la obtención del título oficial de Máster universitario.
  3. Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades no presenciales.
  4. Enseñanzas artísticas superiores.
  5. Estudios militares superiores.
  6. Estudios religiosos superiores.

No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.

Tampoco se podrá optar a beca para realizar enseñanzas universitarias correspondientes a titulaciones de sistemas universitarios extranjeros.

Podrán solicitar beca en esta convocatoria los y las estudiantes que realicen un Máster oficial cuyo curso académico coincida con el año natural y se imparta a lo largo del año 2020.

Dotación presupuestaria

28.460.000 (euro)

Prestación económica

El importe final de la beca correspondiente a cada becario o becaria vendrá determinado por la suma de la cuantía de todos aquellos componentes que le sean de aplicación, de acuerdo a sus circunstancias personales, familiares, económicas y académicas, y al régimen de incompatibilidad establecido entre dichos componentes:

a) Cuantía básica, que contiene

  • Precio público de matrícula
  • Cuantía básica ligada a la renta familiar
  • Cuantía básica ligada a la residencia
  • Cuantía básica ligada al aprovechamiento académico

a) Cuantía complementaria variable, que contiene:

  • Cuantía complementaria ligada al apoyo al aprendizaje
  • Cuantía complementaria ligada al desplazamiento interurbano 

Más información sobre los requisitos, límites e importes en las Bases de la convocatoria

Forma de pago:

Una vez notificada la resolución de concesión de la beca, ésta será abonada en un único pago en el plazo de un mes, excepto el componente matrícula, que se abonará cuando la universidad haya presentado el certificado de los precios públicos del alumnado beneficiario de beca para que la Dirección de Política y Coordinación Universitaria abone las cuantías correspondientes.

A quién va dirigido


Estudiantes de nivel universitario

Requisitos

  • Estar empadronada o empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco a 31 de diciembre de 2019.
  • En el caso de personas solicitantes extranjeras, además del padrón, deben poseer la nacionalidad española o estar en situación de residencia legal en España, a fecha de presentación de solicitud. Quedarán excluidos de ser beneficiarios de las ayudas quienes se encuentren en situación de estancia o residencia por estudios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
  • En lo que respecta a la tributación de las personas miembros de la unidad convivencial/ familiar durante el ejercicio fiscal del año 2019, al menos uno de los sustentadores económicos principales debe tributar en alguna de las Haciendas Forales de la Comunidad Autónoma.

  • Requisitos académicos: realizar la matrícula y cursar durante el año académico 2020-2021 alguno de los estudios definidos en el objeto de la convocatoria (artículo 1). En el caso en que se realicen simultáneamente distintos estudios, sólo podrá percibirse la beca para uno de ellos, salvo en el caso de tratarse de dobles Grados o dobles titulaciones que se ofertan como un único estudio por parte de la universidad correspondiente y que así están registrados en el Ministerio de Educación y Formación Profesional con el correspondiente código único de estudios.

  • No hallarse sancionada o sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa o incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con la inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres
  • No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca. A estos efectos, quienes tengan ya una Diplomatura, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica, podrán obtener beca para cursar los estudios de Grado (o de adaptación a Grado) que sustituyan el título obtenido, pero deberán quedar matriculados de la totalidad de los créditos restantes para la obtención de la mencionada titulación.

  • No percibir beca o ayuda incompatible con la beca para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores.

  • Requisitos e importe del componente matrícula.

  • Requisitos e importe de la cuantía básica ligada a la renta familiar

  • Requisitos e importe de la cuantía básica ligada a la residencia

  • Requisitos e importe de la cuantía básica ligada al aprovechamiento académico

  • Requisitos e importe de la cuantía complementaria ligada al apoyo al aprendizaje

  • Requisitos e importe de Cuantía complementaria ligada al desplazamiento interurbano

  • Reglas para estudiantes afectados de una discapacidad

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Universidades e Investigación > Dirección de Política y Coordinación Universitaria

Información de contacto


Dirección de Política y Coordinación Universitaria

uni.ikasketak@euskadi.eus

Zuzenean: Atención a la ciudadanía

Internet Buzón de contacto de euskadi.eus

Teléfono 012

Si tiene problemas en la tramitación electrónica puede contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.

Código

1010606

Presentación de la solicitud


 

 

MUY IMPORTANTE:

  • En caso de divorcio es obligatorio incluir los datos personales del padre y la madre, aunque no estén en padrón con la persona solicitante. En este caso es imprescindible aportar la sentencia de divorcio y el convenio regulador.
  • Es recomendable poner más de una dirección de mail y teléfono de contacto para las notificaciones.
  • Debes aportar todos los documentos obligatorios junto con la solicitud. Si falta algún documento se te requerirá una única vez a través del mail de contacto de tu solicitud. Ten en cuenta que en recurso de alzada no se admitirá ningún documento que podía haber sido aportado por la persona solicitante en el trámite de subsanación o en alegaciones.
  • Debes seguir estos pasos para presentar la solicitud:

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Las solicitudes serán resueltas en el plazo de seis meses, contados desde la fecha de finalización del último plazo de presentación de solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites