Grupo C: Radios

[euskara en los medios de comunicación en castellano (radios)]

Descripción


Objeto

Subvenciones destinadas a incrementar la presencia del euskera en los medios de comunicación que utilizan principalmente el castellano (diarios y radios de onda) y en las agencias de noticias que también difunden noticias en euskera a través de internet.

Dotación presupuestaria

50.000 euro

Prestación económica

- Sólo se podrán subvencionar proyectos deficitarios. Es decir, los gastos previstos a aquellos proyectos que no puedan ser compensados con la financiación propia a aportar por el solicitante o con otras subvenciones públicas. En consecuencia, se dejará fuera el proyecto que no se encuentre en esa situación. En cuanto al presupuesto de gastos, la subvención se otorgará sobre la base de un presupuesto máximo de 400.000 euros.

- La subvención concedida a cada proyecto será, como máximo, la solicitada a la Viceconsejería de Política Lingüística y, como mínimo, 2.000 euros. No se asignarán cantidades inferiores a esta cantidad mínima. En consecuencia, no se subvencionará el proyecto que se encuentre en esta situación.

- La subvención será compatible con aquellas otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier entidad pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. Si una vez finalizado el plazo establecido en el artículo 22 de la presente Orden, se constatara la existencia de sobrefinanciación, se procederá a la minoración del importe de la subvención, por el procedimiento establecido en el artículo 20. Esta reducción será igual a la sobrefinanciación.

Forma de pago:

El pago de la subvención concedida al amparo de esta Orden se realizará en 2 partes:

  • En el primer pago se abonará el sesenta por ciento (60%) de la subvención total, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día de recepción del impreso de aceptación.
  • En el segundo pago, si así procede, se abonará un cuarenta por ciento (40%) de la subvención total una vez que se reciba y apruebe la documentación completa para la justificación de la misma.

 

A quién va dirigido


Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar que las entidades están legalmente constituidas y/o inscritas en el Registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar poder suficiente de representación | Tener suficiente poder de representación

Empresario individual o autónomo

Requisitos:

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Para acreditar la identidad de la persona física | Identidad de la persona física
  • Documento que acredite estar dado de alta en el Régimen de Autónomos o en la mutualidad laboral que le corresponda.

Requisitos

  • La entidad privada solicitante no está constituida por capital mayoritariamente público y, además, ni su patrimonio fundacional ni la participación en órganos de gobierno o dirección es mayoritariamente pública.
  • La solicitante no tiene ninguna sanción administrativa ni penal que le impida percibir subvenciones o ayudas públicas, ni ningún tipo de prohibición que le prive de la capacidad de recibir ayudas. A su vez, no se halla sancionada por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • La solicitante no es beneficiaria de la convocatoria correspondiente a 2020 de subvenciones a la normalización lingüística desarrollada al amparo del convenio marco suscrito entre la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco y Euskararen Erakunde Publikoa / Office Public de la Langue Basque.
  • La solicitante es titular de los derechos de explotación vinculados a la propiedad intelectual del proyecto a desarrollar.
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación
  • La solicitante no ha aceptado ninguna subvención que la Comisión Europea haya declarado ilegal e incompatible con el mercado común.
  • La solicitante no es una empresa en crisis, según la definición que dan las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DOUE, 2014/C 249/01).
  • Para acreditar que la descripción técnica del proyecto presentado | Requisitos del proyecto objeto de subvención.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración pública.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Cultura y Política Lingüística

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Política Lingüística

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1011617

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites