Becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2020

[becas-formacion]

Descripción


Objeto

Revocar la modificación de los artículos 2 y 10, de la Orden de 6 de octubre de 2020, de la Consejera de Salud, por la que se convocan y regulan becas y ayudas para la formación de profesionales del ámbito sanitario 2020; y retrotaer las actuaciones de este expediente al momento previo de la aprobación de la Orden que queda sin efecto.

Becas y ayudas para financiar actividades formativas en el ámbito de la salud, que se inicien en 2020:

  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado y estancias formativas en centros extranjeros.
  • Becas y ayudas para la realización de cursos de postgrado impartidos en centros estatales, dirigidos a la adquisición de competencias avanzadas en áreas específicas. 

Dotación presupuestaria

108.010 €

Prestación económica

Límite prestación

Los importes máximos subvencionables son: 

  • a) Gastos de alojamiento en caso de desplazamiento: 1.000 euros mensuales.
  • b) Gastos de matrícula y material docente: 8.000 euros.
  • c) Gastos totales en viajes: 2.000 euros.
  • d) Suplemento por acompañamiento: 300 euros mensuales por hija o hijo.
  • e) Gastos de manutención: 500 euros mensuales.
  • f) Total de la beca o ayuda, teniendo en cuenta todos los conceptos anteriormente señalados: 1.500 euros mensuales.

Forma de pago:

El 60% de la totalidad de la ayuda se abonará en el momento de la concesión, el 40% restante al finalizar el periodo formativo tras presentar la documentación exigida antes del 30 de noviembre de 2021.

A quién va dirigido


Pueden resultar beneficiarias de las becas y ayudas aquellas personas físicas que además de cumplir con los requisitos generales recogidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, en particular reúnan las siguientes condiciones:

Requisitos:

  • Disponer de título universitario superior o medio.
  • Hallarse empadronadas en municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes a la fecha de presentación de la solicitud de la beca o ayuda.
  • Realizar alguna de las actividades formativas establecidas en el artículo 1.
  • No encontrarse realizando formación bajo el sistema de residencia.

Requisitos

  • Documentos que deben acampañar a la solicitud | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud > Consejero/a de Salud

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto


Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias

Servicio de Docencia y Desarrollo Profesional

  • Persona de contacto: Rafael Andrés Barruso (r-andres@euskadi.eus), teléfono: 945 019 240 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0086107

Solicitud y aportación de documentación


Antes de comenzar a rellenar el formulario de solicitud es importante que lea atentamente la orden que convoca y regula la concesión de estas ayudas

Para solicitar la subvención hay que presentar el formulario de solicitud junto con la documentación que se describe en las instrucciones y en el apartado DOCUMENTACIÓN. La tramitación telemática se realiza a través de “Mi carpeta”.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


A los efectos de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, deberán presentar la documentación que aparece en el desplegable + Documentación, a través del canal telématico en euskadi.eus desde “Mi carpeta”

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Anexo III. Cuestionario sobre el grado de satisfacción

Otros trámites