Subvenciones para la participación en mercados y ferias profesionales internacionales: audiovisuales (2019)
[mercados internacionales audiovisuales]
- Organismo:
- Instituto Vasco Etxepare
- Estado:
Descripción
Objeto
Establecer el procedimiento para la adjudicación de subvenciones a profesionales del sector de la música, las artes escénicas, los audiovisuales y del libro para la participación en mercados, ferias o eventos profesionales que se celebren en 2019 fuera del ámbito territorial del euskera.
Dotación presupuestaria
90.000 (euro)Prestación económica
El importe global máximo de esta convocatoria desglosará de la siguiente manera, según las modalidades:
- Para los audiovisuales, 45.000 euros
- Para el sector de la música, 15.000 euros
- Para las artes escénicas, 15.000 euros
- Para el sector del libro, 15.000 euros
Gastos subvencionables
- Gastos de desplazamientos, alojamiento, dietas, alquiler de stand y gastos de acreditación e instalación en las ferias del representante del grupo o empresa.
Máximo de subvención
a.- Modalidades de artes escénicas, música y libro:
- Ferias situadas a más de 5.000 km, 1.000 euros
- Ferias situadas a una distancia entre 1.201 y 5.000 km, 800 euros
- Ferias situadas como máximo a 1.200 km, 500 euros
b.- Modalidad de audiovisuales:
- El importe máximo por feria será de 1.000 euros.
Sea cual fuere la modalidad, cada solicitante recibirá como máximo la cantidad de 2.250 euros para todas las ferias.
Forma de pago:
La subvención concedida mediante resolución se hará efectiva en un solo pago, una vez terminada la actividad, y tras la debida justificación.
El importe global máximo de esta convocatoria desglosará de la siguiente manera, según las modalidades:
- Para los audiovisuales, 45.000 euros
- Para el sector de la música, 15.000 euros
- Para las artes escénicas, 15.000 euros
- Para el sector del libro, 15.000 euros
Gastos subvencionables
- Gastos de desplazamientos, alojamiento, dietas, alquiler de stand y gastos de acreditación e instalación en las ferias del representante del grupo o empresa.
Máximo de subvención
a.- Modalidades de artes escénicas, música y libro:
- Ferias situadas a más de 5.000 km, 1.000 euros
- Ferias situadas a una distancia entre 1.201 y 5.000 km, 800 euros
- Ferias situadas como máximo a 1.200 km, 500 euros
b.- Modalidad de audiovisuales:
- El importe máximo por feria será de 1.000 euros.
Sea cual fuere la modalidad, cada solicitante recibirá como máximo la cantidad de 2.250 euros para todas las ferias.
La subvención concedida mediante resolución se hará efectiva en un solo pago, una vez terminada la actividad, y tras la debida justificación.
A quién va dirigido
Personas físicas
Requisitos:
-
Para acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Tener residencia en la Comunidad Autónoma Vasca
Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporta ningún documento.
Nota: Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.
Se entiende lo siguiente por ámbito geográfico del euskera: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral Navarra y los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos, es decir, Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa.
- Para acreditar la identidad de la persona física | Identidad de la persona física
Personas jurídicas privadas
Requisitos:
-
Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.
-
Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
Las entidades deben:
- Acreditar su constitución legal.
- Acreditar la identidad de la persona representante.
- Acreditar suficiente poder de representación.
- En su caso, estar inscritas en el registro correspondiente según su forma jurídica.
-
Con sede social en la Comunidad Autónoma Vasca
Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.
Se entiende lo siguiente por ámbito geográfico del euskera: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral Navarra y los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos, es decir, Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa.
Requisitos
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe informar este aspecto en la propia solicitud.
-
Comunicar si en el ejercicio fiscal actual, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe informar este aspecto en la propia solicitud.
- Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
-
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
Debe usted acreditar que cumple las obligaciones tributarias para poder beneficiarse de la ayuda.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 3 del artículo 50, se establece quienes son los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
La Administración consultará de oficio si usted cumple este requisito. No será necesario que aporte ningún documento.
Nota: Si usted tributa en la Comunidad Autónoma de Navarra, o está empadronado en alguno de los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos (Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa), debe aportar la correspondiente documentación acreditativa.
-
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Para beneficiarse de la ayuda, debe usted acreditar que cumple las obligaciones con la Seguridad Social.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 3 del artículo 50, se establece quienes son los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Instituto Vasco Etxepare
Organismo que resuelve
- Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Instituto Vasco Etxepare
Información de contacto
Alexander Aginagalde a-aginagaldelopez@etxepare.eus
Atención presencial:
- Oficina: Etxepare Euskal Institutua, Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera, 20012 Donostia - San Sebastián.
- Horario de atención: 10:00-14:00
Atención telefónica:
- Teléfono: 943 023406
- Horario de atención: 10:00-14:00
Código
1031908Solicitud y aportación de documentación
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Si usted o su entidad tributa en una delas haciendas vascas, la Administración lo comprobará de oficio.
Si usted o su entidad no tributa en una de las haciendas vascas, debe aportar los siguientes documentos:
- Copia escaneada del certificado del epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) emitido por su oficina tributaria (en formato PDF).
Nota: Si su oficina tributaria dispone de servicio electrónico, puede descargar el epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) como documento electrónico.
-
La Administración consultará de oficio si cumple este requisito.
Si usted tributa en la Comunidad Autónoma de Navarra, debe aportar los siguientes documentos:
- Original o copia compulsada del certificado de cumplimiento de Obligaciones Tributarias emitido por la Hacienda Foral.
-
La Administración consultará de oficio si usted cumple este requisito.
-
Debe aportar los siguientes documentos para acreditar sus datos de residencia:
- Original o copia compulsada del volante de padrón.
Nota: Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento.
-
Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento. Marque el consentimiento en la solicitud.
Si usted no da su consentimiento, deberá aportar una copia de uno de los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Número de Identificación de Extranjería (NIE)
- Pasaporte
-
- Para la representación legal de la entidad, debe aportar los siguientes documentos:
- Copia escaneada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada (en formato PDF)
- Para la representación voluntaria, debe aportar los siguientes documentos:
-
Para acreditar que su entidad está legalmente constituida, debe usted aportar los siguientes documentos:
- Copia compulsada de la escritura fundacional y estatutos, o en su caso certificación del registro oficial instrucciones
Original o copia compulsada de la certificación original del registro oficial donde esté inscrita, que acredita la vigencia de la entidad en el registro.
Si su entidad está inscrita en un registro oficial del País Vasco, la Administración consultará de oficio sus datos
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe informar este aspecto en la propia solicitud.
-
Comunicar si en el ejercicio fiscal actual, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe informar este aspecto en la propia solicitud.
- Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
-
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
Debe usted acreditar que cumple las obligaciones tributarias para poder beneficiarse de la ayuda.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 3 del artículo 50, se establece quienes son los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
La Administración consultará de oficio si usted cumple este requisito. No será necesario que aporte ningún documento.
Nota: Si usted tributa en la Comunidad Autónoma de Navarra, o está empadronado en alguno de los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos (Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa), debe aportar la correspondiente documentación acreditativa.
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Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Para beneficiarse de la ayuda, debe usted acreditar que cumple las obligaciones con la Seguridad Social.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 3 del artículo 50, se establece quienes son los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
-
Para acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Tener residencia en la Comunidad Autónoma Vasca
Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporta ningún documento.
Nota: Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.
Se entiende lo siguiente por ámbito geográfico del euskera: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral Navarra y los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos, es decir, Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa.
- Para acreditar la identidad de la persona física | Identidad de la persona física
-
Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.
-
Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
Las entidades deben:
- Acreditar su constitución legal.
- Acreditar la identidad de la persona representante.
- Acreditar suficiente poder de representación.
- En su caso, estar inscritas en el registro correspondiente según su forma jurídica.
-
Con sede social en la Comunidad Autónoma Vasca
Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.
Se entiende lo siguiente por ámbito geográfico del euskera: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral Navarra y los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos, es decir, Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa. |
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica. - Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
- Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted o su entidad tributa en una delas haciendas vascas, la Administración lo comprobará de oficio.
Si usted o su entidad no tributa en una de las haciendas vascas, debe aportar los siguientes documentos:
- Copia escaneada del certificado del epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) emitido por su oficina tributaria (en formato PDF).
Nota: Si su oficina tributaria dispone de servicio electrónico, puede descargar el epígrafe del impuesto de actividades económicas (IAE) como documento electrónico.
-
La Administración consultará de oficio si cumple este requisito.
Si usted tributa en la Comunidad Autónoma de Navarra, debe aportar los siguientes documentos:
- Original o copia compulsada del certificado de cumplimiento de Obligaciones Tributarias emitido por la Hacienda Foral.
-
La Administración consultará de oficio si usted cumple este requisito.
-
Debe aportar los siguientes documentos para acreditar sus datos de residencia:
- Original o copia compulsada del volante de padrón.
Nota: Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento.
-
Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento. Marque el consentimiento en la solicitud.
Si usted no da su consentimiento, deberá aportar una copia de uno de los siguientes documentos:
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Número de Identificación de Extranjería (NIE)
- Pasaporte
-
- Para la representación legal de la entidad, debe aportar los siguientes documentos:
- Original o copia compulsada del documento público o privado con firma notarialmente legitimada.
- Para la representación voluntaria, debe aportar los siguientes documentos:
-
Para acreditar que su entidad está legalmente constituida, debe usted aportar los siguientes documentos:
- Copia compulsada de la escritura fundacional y estatutos.
Para acreditar que su entidad está legalmente constituida, debe usted aportar los siguientes documentos:
- Original o copia compulsada de la certificación original del registro oficial donde esté inscrita, que acredita la vigencia de la entidad en el registro.
Si su entidad está inscrita en un registro oficial del País Vasco, la Administración consultará de oficio sus datos
Etxepare Euskal Institutua
Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe informar este aspecto en la propia solicitud.
-
Comunicar si en el ejercicio fiscal actual, y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe informar este aspecto en la propia solicitud.
- Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
-
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
Debe usted acreditar que cumple las obligaciones tributarias para poder beneficiarse de la ayuda.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 3 del artículo 50, se establece quienes son los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
La Administración consultará de oficio si usted cumple este requisito. No será necesario que aporte ningún documento.
Nota: Si usted tributa en la Comunidad Autónoma de Navarra, o está empadronado en alguno de los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos (Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa), debe aportar la correspondiente documentación acreditativa.
-
Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
Para beneficiarse de la ayuda, debe usted acreditar que cumple las obligaciones con la Seguridad Social.
Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 3 del artículo 50, se establece quienes son los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.
-
Para acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Tener residencia en la Comunidad Autónoma Vasca
Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporta ningún documento.
Nota: Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.
Se entiende lo siguiente por ámbito geográfico del euskera: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral Navarra y los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos, es decir, Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa.
- Para acreditar la identidad de la persona física | Identidad de la persona física
-
Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.
-
Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
Las entidades deben:
- Acreditar su constitución legal.
- Acreditar la identidad de la persona representante.
- Acreditar suficiente poder de representación.
- En su caso, estar inscritas en el registro correspondiente según su forma jurídica.
-
Con sede social en la Comunidad Autónoma Vasca
Cuando el idioma vehicular de la obra a difundir sea el euskera podrán presentarse también personas físicas o jurídicas con sede social o domicilio dentro del ámbito geográfico del euskera.
Se entiende lo siguiente por ámbito geográfico del euskera: la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Comunidad Foral Navarra y los tres territorios vascos del Departamento Francés de los Pirineos Atlánticos, es decir, Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Justificación
Los beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta resolución dispondrán de plazo hasta el 31 de diciembre de 2019 para justificar la subvención. Excepcionalmente, en el caso de las actividades llevadas a cabo en diciembre, podrán presentarse antes del 31 de enero de 2020.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
El número de kilómetros se calculará de la siguiente manera: la distancia de ida y vuelta desde la residencia, la sede social o el establecimiento de la persona física o jurídica hasta el lugar donde se celebra la actividad.
- Memoria valorativa de toda la actividad llevada a cabo
- Lista ordenada de los comprobantes de los gastos subvencionados
- Justificación de las dietas
- En caso de los viajes efectuados en vehículo propio rellenar y firmar la tabla de kilometraje del formulario de justificación.
- Ejemplares de los catálogos, programas, carteles anunciadores, fotografías y demás material gráfico y sonoro, cuando proceda, con mención expresa a la recepción de la ayuda a través del logo del IVE.
-
Listado de las demás subvenciones recibidas para el mismo fin.
Si no se hubiera recibido ninguna otra subvención además de la concedida por el IVE, deberá presentar una declaración jurada en ese sentido.
Para justificar la ayuda concedida, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación necesaria en Mi carpeta.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular
- Firme la solicitud como titular
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Datos personales, rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante
- Firme la solicitud como representante.
Nota: Las entidades actúan siempre con representantes.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
En el caso de estar percibiendo otras fuentes de financiación, deberá aportar este formulario junto con la documentación de justificación de la ayuda.
-
El número de kilómetros se calculará de la siguiente manera: la distancia de ida y vuelta desde la residencia, la sede social o el establecimiento de la persona física o jurídica hasta el lugar donde se celebra la actividad.
Etxepare Euskal Institutua
Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Memoria valorativa de toda la actividad llevada a cabo
- Lista ordenada de los comprobantes de los gastos subvencionados
- Justificación de las dietas
- En caso de los viajes efectuados en vehículo propio rellenar y firmar la tabla de kilometraje del formulario de justificación.
- Ejemplares de los catálogos, programas, carteles anunciadores, fotografías y demás material gráfico y sonoro, cuando proceda, con mención expresa a la recepción de la ayuda a través del logo del IVE.
-
Listado de las demás subvenciones recibidas para el mismo fin.
Si no se hubiera recibido ninguna otra subvención además de la concedida por el IVE, deberá presentar una declaración jurada en ese sentido.
Para justificar la ayuda concedida, entregue los formularios y la documentación necesaria en alguno de los lugares de presentación señalados.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
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Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Etxepare Euskal Institutua
Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
Etxepare Euskal Institutua
Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
Etxepare Euskal Institutua
Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Datos personales, rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Nota: Las entidades actúan siempre con representantes.
Etxepare Euskal Institutua
Andre zigarrogileen plaza 1, Tabakalera
20012 Donostia - San Sebastián
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentos a un procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.