Ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales y necesiten contratar Especialistas de Apoyo Educativo para el curso escolar 2019-2020.

[EAE]

Descripción


Objeto

la concesión de ayudas para los centros docentes privados concertados que escolaricen alumnado con necesidades educativas especiales (en adelante NEE) y necesiten contratar  especialistas de Apoyo Educativo (en adelante EAE) para el curso escolar 2019-2020. Se destina a la financiación de las ayudas reguladas en la presente Orden la cantidad de 14.382.521,90 euros, distribuidos de la siguiente manera: durante el ejercicio 2019 la cantidad de 5.077.030,23 euros, y durante el ejercicio 2020 la cantidad de 9.305.491,67 euros.

Dotación presupuestaria

14.382.521,90 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de la ayuda se realizará en tres pagos: el primer pago se abonará con cargo al ejercicio 2019 y el segundo y tercer pago, con cargo al ejercicio 2020.

  1. El primer pago será por un 35,30% del importe total, tras la resolución de concesión de la subvención, si no mediara renuncia expresa a la misma en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma.
  2. Los dos siguientes pagos se harán por la mitad del 64,70% restante.

A quién va dirigido


Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Requisitos:

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No encontrarse el centro en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a las entidades beneficiarias quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0041407

Solicitud y aportación de documentación.


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  • La solicitud se realiza en dos pasos:

    1) Aplicación NEE

    2) Solicitud

    Las entidades solicitantes, dentro del plazo de solicitud, deberán cumplimentar en la Aplicación Informática de Necesidades Educativas Especiales del Departamento de Educación (Acceso a la aplicación) el anexo a la solicitud con los módulos solicitados y la relación del alumnado con NEE para quien se estime necesario el recurso extraordinario del personal EAE y señalarán, de acuerdo a la propuesta del plan de actuación, para qué habilidades adaptativas se precisa.

    Una vez cumplimentada la aplicación, las entidades solicitantes deben presentar la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Primera justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Segunda justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites