PILOTU 2018, Programa de apoyo a las Pymes que desarrollan proyectos piloto de inversión pública internacional.
[Pilotu 2018]
- Organismo:
- Desarrollo Económico e Infraestructuras
- Estado:
Descripción
Objeto
Es objeto de la presente Orden regular y convocar, para el ejercicio 2018, un programa de ayudas no reintegrables a las Pymes ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco que desean participar en el diseño y desarrollo de proyectos piloto de inversión pública internacional.
Dotación presupuestaria
200.000 €Prestación económica
Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida ascienden a la cantidad de 200.000 euros, y procederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco..
Subvención a fondo perdido según los siguientes límites, en porcentaje y en valor absoluto del gasto apoyado:
- El importe total del proyecto a subvencionar no podrá superar la cifra de 150.000,00 euros y el organismo público extranjero con competencias para desarrollar el proyecto tendrá que aportar, al menos, el 49% del coste del mismo.
- Las ayudas a las empresas beneficiarias tendrán los siguientes límites: hasta el 51% del coste del proyecto y un máximo de 50.000,00 euros.
Los recursos económicos destinados a la finalidad establecida ascienden a la cantidad de 200.000 euros, y procederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco..
Subvención a fondo perdido según los siguientes límites, en porcentaje y en valor absoluto del gasto apoyado:
- El importe total del proyecto a subvencionar no podrá superar la cifra de 150.000,00 euros y el organismo público extranjero con competencias para desarrollar el proyecto tendrá que aportar, al menos, el 49% del coste del mismo.
- Las ayudas a las empresas beneficiarias tendrán los siguientes límites: hasta el 51% del coste del proyecto y un máximo de 50.000,00 euros.
A quién va dirigido
PYMES con razón social en la CAPV.
Requisitos
-
Requisitos de las entidades beneficiarias
- Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMEs), radicadas o que tengan una instalación productiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que cuenten con un Plan estratégico o de internacionalización vigente, y que precisen de financiación para participar en el diseño y desarrollo de proyectos piloto de inversión pública internacional que sirvan para poner a prueba modos de hacer, metodologías, o propuestas innovadores a realizar en una escala restringida y que puedan ser, eventualmente, replicables a partir de la experiencia obtenida en proyectos de mayor volumen.
- Las solicitantes podrán ser beneficiarias siempre que cuenten con un acuerdo suscrito con un organismo público extranjero, con competencias para desarrollar el proyecto objeto de la experiencia piloto, y con presupuesto para financiar parcialmente la puesta en marcha del mismo.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Desarrollo Económico e Infraestructuras > Viceconsejería de Industria
Organismo que resuelve
- Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Industria > Dirección de Internacionalización
Información de contacto
Consultas Técnicas de la Ayuda PILOTU
Delegación Territorial del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de Álava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno.: 945 01 70 52
E-mail: e-araba@euskadi.eus
Delegación Territorial del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de Bizkaia
Gral. Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno.: 94 403 14 79
E-mail: e-bizkaia@euskadi.eus
Delegación Territorial del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Tfno.: 943 02 25 57
E-mail: e-gipuzkoa2@euskadi.eus
Gobierno Vasco
Dirección de Internacionalización
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tfnos.: 945 01 99 42/82
E-mail: promoc-internac@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
1057001Solicitud y aportación de documentación
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00h del día siguiente al de la publicación de esta Resolución y finalizará a las 12:00h del día 31 de octubre de 2018.
No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 12:00 horas del último día de presentación de solicitudes.
Tramitación telemática de PILOTU 2018
La presentación de la solicitud para acceder a la ayuda PILOTU es 100% telemática. La tramitación requiere la cumplimentación de datos propios de la ayuda y de la presentación de la documentación correspondiente
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Documentación a presentar:
- Las entidades y empresas solicitantes deberán cumplimentar una solicitud normalizada en formato electrónico, de acuerdo al modelo que se anexará en la correspondiente convocatoria anual, con los siguientes contenidos:
- La solicitud cumplimentada incorporará, además de la firma reconocida de la persona o entidad solicitante, lo siguiente:
- Copia de la escritura de constitución de la entidad.
- Copia del poder de representación de la entidad solicitante, excepto si la misma obra en poder del Departamento, y éste sigue vigente.
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
- El plan estratégico o de internacionalización vigente donde se analizarán los siguientes aspectos: reflexión acerca de la unidad de negocio, un análisis de la competencia, oferta de valor de la unidad de negocio, ventajas competitivas, análisis de vías de acceso, análisis mercados y países, estrategia de internacionalización, análisis segmentación mercados, proyecciones de venta y coherencia del plan.
- Memoria detallada del proyecto piloto para el que se solicita la ayuda, con inclusión de la previsión de replicabilidad del mismo.
- Acuerdo suscrito con un organismo público extranjero para participar en el diseño de un proyecto objeto piloto en el que conste el compromiso de ambas partes para la realización del mismo, pacto de financiación, el presupuesto detallado de los gastos previstos, previsiones de replicabilidad y cuantas cuestiones se estimen precisas para el correcto desarrollo del proyecto.
- Declaración responsable de la entidad solicitante.
- Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social (únicamente si no autoriza al Departamento a solicitarlos).
- Último formulario 200 de Impuesto sobre Sociedades e IRNR, presentado, donde se acredite la condición de que la solicitante es una PYME.
- Cuanta documentación sirva para acreditar la cifra de exportación en el mercado de destino, tamaño de la empresa, si es miembro de una asociación dinamizadora de clústeres o de una asociación sectorial, participación de las mujeres en los órganos directivos de la solicitante, colaboración en los Programas de Becas y responsabilidad social, al objeto de valorar la solicitud según los criterios del siguiente artículo.Tramitación telemática
La presentación de la solicitud para acceder a las ayudas de PILOTU es 100% telemática. La tramitación requiere la cumplimentación de datos propios de la ayuda y de la presentación de la documentación correspondiente. La aplicación de teletramitación, posibilita la cumplimentación de la solicitud, el conocimiento de la situación de todos los expedientes en tramitación y finalizados, así como la recepción digital de todos los documentos emitidos por la Administración. La validación de los documentos se realiza mediante la firma digital.
-
Requisitos de las entidades beneficiarias
- Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMEs), radicadas o que tengan una instalación productiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que cuenten con un Plan estratégico o de internacionalización vigente, y que precisen de financiación para participar en el diseño y desarrollo de proyectos piloto de inversión pública internacional que sirvan para poner a prueba modos de hacer, metodologías, o propuestas innovadores a realizar en una escala restringida y que puedan ser, eventualmente, replicables a partir de la experiencia obtenida en proyectos de mayor volumen.
- Las solicitantes podrán ser beneficiarias siempre que cuenten con un acuerdo suscrito con un organismo público extranjero, con competencias para desarrollar el proyecto objeto de la experiencia piloto, y con presupuesto para financiar parcialmente la puesta en marcha del mismo.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
En el caso de que una persona jurídica (empresa/entidad) o física quiera autorizar a otra persona a realizar en su nombre distintas acciones telemáticas (acceder a todos sus expedientes; cumplimentar y presentar documentos; recoger notificaciones y firmar documentos en su nombre) en la Web profesional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, es necesario tramitar ante éste la solicitud de dicha autorización.
Descarga del modelo de autorización: Anexo III Acreditación de tramitación telemática. (DOC, 82 KB)
La persona autorizada debe de poseer un certificado electrónico válido.
- PRESENCIALMENTE, si no se dispone de un certificado válido para la tramitación electrónica. Se debe entregar cumplimentado el Anexo III Acreditación de tramitación telemática en cualquiera de las delegaciones del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. También se puede enviar este Anexo III por correo electrónico a las delegaciones; se rellena el documento, se firma, y finalmente se escanea y se envía.
- Delegación Territorial de Araba: orokorra-industria-araba@euskadi.eus
- Delegación Territorial de Bizkaia: orokorra-industria-bizkaia@euskadi.eus
- Delegación Territorial de Gipuzkoa: orokorra-industria-gipuzkoa@euskadi.eus
- TELEMÁTICAMENTE, si se dispone de un certificado válido para la tramitación electrónica. Se puede realizar la solicitud de "Autorización para la Tramitación Telemática" desde el enlace "Utilidad autorizaciones" de "Mi área de trabajo" en la Web profesional.
Con el objetivo de facilitar la gestión de las personas autorizadas, en la autorización se puede indicar que la persona autorizada pueda administrar las altas y las revocaciones de las autorizaciones de otras personas presentes y futuras (Rol de administrador).
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del programa.
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.