Programa de ayudas destinadas a incentivar las estrategias zonales de cooperación, dinamización y competitividad comercial urbana - Hirigune 2018

[HIRIGUNE 2018]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente Orden es favorecer el desarrollo de estrategias de cooperación y dinamización comercial urbana, encaminadas a la mejora de la competitividad comercial y del posicionamiento de marca de los entornos urbanos donde ejercen su actividad. 

Impulsar la implantación y desarrollo de proyectos anuales de cooperación zonal, en áreas de baja densidad comercial, que por su carácter integren propuestas estratégicas para la mejora del abastecimiento comercial de las zonas sujetas a revitalización.

Guía para solicitar la ayuda (PDF, 2 MB)

Dotación presupuestaria

4.183.869,70

Prestación económica

Modalidades de ayudas 

a)     A los Ayuntamientos: 

  • Estudios para la elaboración de Planes de Revitalización Comercial en los municipios recogidos en los anexos de la Orden, o para la actualización de aquellos estudios con antigüedad superior a 5 años.
  • Estudios destinados a la transformación, reestructuración y modernización integral de mercados municipales minoristas.
  • Estudios–planes estratégicos.
  • Acondicionamiento de áreas específicas para el desarrollo del comercio ambulante y ocasional ubicadas en entorno urbano.
  • Señalización comercial.
  • Paramentos verticales o similares, no permanentes, cuyo objetivo sea la mejora del paisaje urbano y estético de los ejes comerciales y que estén vinculados a locales sin actividad.
  • Peatonalizaciones.
  • Ensanchamiento de aceras.
  • Calles de coexistencia.
  • Establecimiento de zonas de carga-descarga, puntos de distribución logística. 

b)   A las Asociaciones: 

      Proyectos que estén en consonancia con los planteamientos de desarrollo comercial del municipio, consistentes en: 

  • Organizar y realizar acciones dirigidas a la dinamización y promoción comercial en la zona, cuyo objetivo sea propiciar la generación de estrategias zonales destinadas a la captación de flujos comerciales.
  • Organizar y fomentar servicios complementarios que faciliten la captación de flujos comerciales en la zona.
  • Desarrollo y contratación de servicios de cooperación, de interés común para el sector.

 

Dotación económica 

TIPO DE AYUDA:

El importe de las ayudas será el 80% del coste de ejecución material de las inversiones.

En el caso de actuaciones recogidas en el artículo 6.1 Estudios, se establecen los siguientes importes máximos de subvención en función del tipo de estudio:

  • Estudios artículo 6.1.a) (Perco y actualizaciones):    25.000,00 euros
  • Estudios artículo 6.1.b) (Mercados Municipales):      15.000,00 euros
  • Estudios artículo 6.1.c) (Planes estratégicos):         25.000,00 euros 

En el caso de las ayudas a Ayuntamientos, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado: 

  • Municipios hasta 499 habitantes                                5.000,00 euros
  • Municipios entre 500 y 999 habitantes                      10.000,00 euros
  • Municipios entre 1.000 y 1.999 habitantes                15.000,00 euros
  • Municipios entre 2.000 y 4.999 habitantes               20.000,00 euros
  • Municipios entre 5.000 y 9.999 habitantes               25.000,00 euros
  • Municipios entre 10.000 y 14.999 habitantes           30.000,00 euros
  • Municipios entre 15.000 y 29.999 habitantes           35.000,00 euros
  • Municipios entre 30.000 y 59.999 habitantes           40.000,00 euros
  • Municipios entre 60.000 y 99.999 habitantes           60.000,00 euros
  • Municipios entre 100.000 y 249.999 habitantes       75.000,00 euros
  • Municipios con más de 250.000 habitantes              95.000,00 euros 

En el caso de las ayudas a Asociaciones, el límite máximo de subvención por convocatoria y municipio será el resultado de multiplicar la subvención por tramo de población, por el coeficiente de densidad comercial del municipio referenciado: 

  • Municipios hasta con menos de 50 comercios             12.000,00 euros
  • Municipios entre 50 y 90 comercios                         23.000,00 euros
  • Municipios entre 91 y 190 comercios                       27.000,00 euros
  • Municipios entre 191 y 390 comercios                     35.000,00 euros
  • Municipios entre 391 y 990 comercios                     55.000,00 euros
  • Municipios entre 991 y 1.990 comercios                  70.000,00 euros
  • Municipios entre 1.991 y 3.490 comercios               95.000,00 euros
  • Municipios con más de 3.490 comercios                125.000,00 euros

 

 

 

A quién va dirigido


Municipios

Asociaciones de Comerciantes y Mixtas

Requisitos

  • Documentación a entregar: Asociaciones | Para Asociaciones

  • Documentación a entregar: Ayuntamientos | Para municipios

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio

Información de contacto


Consultas de tipo técnico sobre la aplicación informática:

Consultas sobre:

  • Posible representación del interesado por un tercero.
  • Documentación exigida
  • Procedimiento de teletramitación
  • Los contenidos de la Orden de Ayudas

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Alava

Samaniego, 2

01008 Vitoria-Gasteiz

Tfno.: 945 01 70 54

Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Bizkaia

General Concha, 23

48010 Bilbao

Tfno. 94 403 14 26

Oficina Territorial de Turismo y  Comercio  de Gipuzkoa

Easo, 10

20006 Donostia-San Sebastián

Tfno. 943 02 25 65 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1015605

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de junio de 2018 y finalizará el día 11 de julio de 2018.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.