Global Training 2018: Ayudas a entidades capacitadas para poner en marcha las Becas Global Training 2018
[Global Training 2018]
- Organismo:
- Desarrollo Económico e Infraestructuras
- Estado:
Descripción
Objeto
La finalidad de este programa es la formación práctica de jóvenes vascos con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior en empresas y organismos en el extranjero.
Se regulan ayudas a entidades capacitadas para poner en marcha este programa de Becas.
Dotación presupuestaria
4.120.000 €Prestación económica
Ejercicio 2018: 2.060.000 euros
Ejercicio 2019: 2.060.000 euros
Ejercicio 2018: 2.060.000 euros
Ejercicio 2019: 2.060.000 euros
A quién va dirigido
Las entidades públicas o privadas que convoquen las becas Global Training.
Las ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS que convoquen las becas Global Training.
Los destinatarios de la convocatoria son EMPRESAS y ENTIDADES GESTORAS que posteriormente convocarán las becas para titulados medios y superiores universitarios y de FP de grado superior.
Son estas EMPRESAS y ENTIDADES COLABORADORAS las que deben acudir a la página web del departamento para rellenar la solicitud y enviar documentación, no los candidatos a becarios.
Requisitos
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Requisitos de las entidades beneficiarias
Estar constituidas e inscritas en el registro que corresponda, con dos años de antelación, al menos, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.
Experiencia de un mínimo de dos años en la realización de proyectos y actividades de formación universitaria o de formación profesional de grado superior, y/o experiencia, de igual período, de formación de personas jóvenes en las capacidades necesarias para facilitar su inser¬ción en el mundo laboral, a través de programas de movilidad internacional
Ser entidades que conforme a sus estatutos tengan como ámbito de actividad el conjunto de la CAPV.
Ser miembros de alguna red de ámbito internacional o haber firmado convenios o acuerdos de colaboración con otras instituciones extranjeras de características similares, en virtud de los cuales quede garantizada la provisión de empresas u organismos extranjeros en los que los jóvenes vascos deben realizar las prácticas.
Hallarse al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. La acreditación del cumplimiento de las citadas obligaciones, se verificará de oficio por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad.
No hallarse sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello.
Presentar un proyecto de desarrollo de un programa de Becas Global Training, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7.2f y en el anexo de la Orden reguladora.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Desarrollo Económico e Infraestructuras > Viceconsejería de Industria
Organismo que resuelve
- Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Industria > Dirección de Internacionalización
Información de contacto
Contacto presencial:
GOBIERNO VASCO – DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN DE INTERNACIONALIZACIÓN
Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Contacto telefónico:
GOBIERNO VASCO – DIRECION DE INTERNACIONALIZACION
Tel.: 945 01 99 80/81
E-mail: m-estibalez@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
1011104Solicitud y aportación de documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la ENTIDAD interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 09:00h del día 24 de febrero de 2018 y finalizará a las 12:00h del día 28 de marzo de 2018.
No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 12:00 horas del último día de presentación de solicitudes.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
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- Fotocopia del DNI de la persona solicitante, salvo que la persona solicitante se identifique con un certificado reconocido.
- Fotocopia de tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante y escrituras de constitución, salvo que la persona solicitante se identifique con un certificado de la «empresa/entidad», en cuyo caso la documentación antes relacionada se encuentra implícita en el propio certificado reconocido.
- Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante, salvo que la persona solicitante se identifique con un certificado de la «empresa/entidad».
- Documentación que acredite la experiencia requerida en el artículo 3.1b) de la presente Orden, identificando los proyectos, convocatorias o convenios desarrollados.
- Proyecto de desarrollo de un programa de Becas Global Training (detallado en el artículo 7.2 de la Orden y en el impreso de solicitud)
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Requisitos de las entidades beneficiarias
Estar constituidas e inscritas en el registro que corresponda, con dos años de antelación, al menos, a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes.
Experiencia de un mínimo de dos años en la realización de proyectos y actividades de formación universitaria o de formación profesional de grado superior, y/o experiencia, de igual período, de formación de personas jóvenes en las capacidades necesarias para facilitar su inser¬ción en el mundo laboral, a través de programas de movilidad internacional
Ser entidades que conforme a sus estatutos tengan como ámbito de actividad el conjunto de la CAPV.
Ser miembros de alguna red de ámbito internacional o haber firmado convenios o acuerdos de colaboración con otras instituciones extranjeras de características similares, en virtud de los cuales quede garantizada la provisión de empresas u organismos extranjeros en los que los jóvenes vascos deben realizar las prácticas.
Hallarse al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. La acreditación del cumplimiento de las citadas obligaciones, se verificará de oficio por el Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad.
No hallarse sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello.
Presentar un proyecto de desarrollo de un programa de Becas Global Training, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7.2f y en el anexo de la Orden reguladora.
Para realizar la solicitud, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mis Gestiones.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses a contar desde el día siguiente a la publicación del programa.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas