Convocatoria, para el ejercicio 2018, de ayudas destinadas al desarrollo de las actuaciones de empleo con apoyo como media de integración de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
[ECA]
- Organismo:
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases y regular las ayudas que Lanbide-Servicio Vasco de Empleo podrá otorgar en el año 2018, a las entidades que reúnan los requisitos establecidos en la misma, para el desarrollo de actuaciones de Empleo con Apoyo como medida para incrementar la incorporación en el mercado ordinario de trabajo de las personas con discapacidad con mayores dificultades de inserción.
Dotación presupuestaria
1.000.000 €Prestación económica
La subvención tiene por objeto financiar los costes salariales y de Seguridad Social de las personas profesionales que configuren la Unidad de Empleo con Apoyo de las entidades beneficiarias, así como los gastos generales, de administración, de coordinación y traslados vinculados a la actividad de Empleo con Apoyo generados todos ellos en el periodo comprendido entre 1 de Enero y 31 de Diciembre de 2018.
Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria ascienden a 1.000.000 €, de los que 500.000 € corresponderán al presupuesto ordinario de 2018 y 500.000 € al presupuesto de compromiso para 2019, del presupuesto de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
El periodo subvencionable será el comprendido entre 1 de Enero y 31 de Diciembre de 2018. Todos los gastos que se financien deberán esta vinculados al compromiso y logro de objetivos, tanto de la actividad de prospección de oportunidades de empleo como de inserción en empresas ordinarias de personas con discapacidad.
La cuantía de la subvención se establece en función de:
- El número de personas trabajadoras, con el tipo y grado de discapacidad destinatarias de las acciones de Empleo con Apoyo, insertadas en centros de trabajo radicados en la CAPV, en los siguientes términos:
- 7.800 euros por cada inserción con contrato de al menos un año de una persona con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o con parálisis cerebral con un grado reconocido igual o superior al 33%.
- 6.600 euros por cada inserción con contrato de al menos 6 meses de una persona con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o con parálisis cerebral con un grado reconocido igual o superior al 33%.
- 4.700 euros por cada inserción con contrato de al menos un año de una persona con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65% o de una persona sorda o con discapacidad auditiva con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
- 4.000 euros por cada inserción con contrato de al menos 6 meses de una persona con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65% o de una persona sorda o con discapacidad auditiva o con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
- Si la persona con discapacidad a insertar y contratada fuese mujer las cuantías de subvención previstas en los párrafos anteriores se incrementarán en un 10%.
- Las cuantías se establecen para contratos a jornada completa; dichas cuantías se reducirán proporcionalmente en función del porcentaje de jornada, con el límite mínimo del 35 % de jornada.
- El volumen de actividad de prospección, búsqueda y captación de oportunidades de empleo, en base a las empresas contactadas mediante visitas realizadas por cada profesional de prospección, dedicado a tiempo completo, estableciéndose un importe de 195,5 euros por empresa visitada, adecuadamente documentada y justificada, siendo 200 empresas el máximo subvencionable y 39.100 euros de importe máximo de subvención en este caso, y 100 el mínimo de empresas y 19.550 euros el importe máximo de subvención en este caso.
Si la dedicación fuera a jornada parcial, el máximo y el mínimo de empresas a visitar se prorratearán en función del porcentaje de jornada de dedicación a estas actuaciones de prospección. En todo caso, la dedicación mínima de jornada será del 50% de las horas anuales a jornada completa.
- Las actuaciones de seguimiento y apoyo por parte del personal preparador a las personas contratadas en empresas ordinarias con anterioridad al 1 de enero de 2018, serán subvencionadas con un importe máximo de 850 € por persona a la que se le realice seguimiento, hasta un máximo del 25% del coste salarial y de seguridad social de la persona preparadora.
- Los gastos generales de administración, coordinación y traslados y el informe auditor como gastos subvencionables, cuya cuantía máxima será de un 10% de las suma de los costes salariales y de seguridad social del personal que configure la Unidad de Empleo con Apoyo que resulten subvencionables y sean justificados con el logro de los objetivos previstos.
El importe concedido en ningún caso podrá superar los costes salariales y de Seguridad social de los profesionales que participen en las actuaciones de Empleo con Apoyo más el 10% en concepto de gastos generales, de administración, coordinación y traslados y el informe auditor.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se concederá aquellas que reúnan los requisitos previstos en la convocatoria.
En el supuesto de que los recursos económicos asignados a la financiación de este programa no sean suficientes para la cobertura de todas las solicitudes que hayan sido aprobadas, se procederá al reparto de los fondos según orden de prelación que resulte atendiendo a los criterios de valoración previstos en el art.10 de la convocatoria.
Forma de pago:
Las ayudas concedidas se abonarán en dos pagos fraccionados:
- Un primer pago, por un importe del 50% de la subvención concedida, tras la remisión de la resolución y la aceptación de la subvención por parte de la entidad beneficiaria.
- Un segundo pago del 50% restante o de la cantidad que resulte tras el ajuste que deberá realizarse en consonancia con los gastos realmente ejecutados y justificados y con el cumplimiento de los objetivos de inserción y actividad de prospección establecidos en la convocatoria. Este segundo pago se realizará a la finalización de las actuaciones y previa presentación de la Memoria Final.
La subvención tiene por objeto financiar los costes salariales y de Seguridad Social de las personas profesionales que configuren la Unidad de Empleo con Apoyo de las entidades beneficiarias, así como los gastos generales, de administración, de coordinación y traslados vinculados a la actividad de Empleo con Apoyo generados todos ellos en el periodo comprendido entre 1 de Enero y 31 de Diciembre de 2018.
Los recursos económicos destinados a la financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria ascienden a 1.000.000 €, de los que 500.000 € corresponderán al presupuesto ordinario de 2018 y 500.000 € al presupuesto de compromiso para 2019, del presupuesto de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
El periodo subvencionable será el comprendido entre 1 de Enero y 31 de Diciembre de 2018. Todos los gastos que se financien deberán esta vinculados al compromiso y logro de objetivos, tanto de la actividad de prospección de oportunidades de empleo como de inserción en empresas ordinarias de personas con discapacidad.
La cuantía de la subvención se establece en función de:
- El número de personas trabajadoras, con el tipo y grado de discapacidad destinatarias de las acciones de Empleo con Apoyo, insertadas en centros de trabajo radicados en la CAPV, en los siguientes términos:
- 7.800 euros por cada inserción con contrato de al menos un año de una persona con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o con parálisis cerebral con un grado reconocido igual o superior al 33%.
- 6.600 euros por cada inserción con contrato de al menos 6 meses de una persona con discapacidad intelectual, con enfermedad mental o con parálisis cerebral con un grado reconocido igual o superior al 33%.
- 4.700 euros por cada inserción con contrato de al menos un año de una persona con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65% o de una persona sorda o con discapacidad auditiva con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
- 4.000 euros por cada inserción con contrato de al menos 6 meses de una persona con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65% o de una persona sorda o con discapacidad auditiva o con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
- Si la persona con discapacidad a insertar y contratada fuese mujer las cuantías de subvención previstas en los párrafos anteriores se incrementarán en un 10%.
- Las cuantías se establecen para contratos a jornada completa; dichas cuantías se reducirán proporcionalmente en función del porcentaje de jornada, con el límite mínimo del 35 % de jornada.
- El volumen de actividad de prospección, búsqueda y captación de oportunidades de empleo, en base a las empresas contactadas mediante visitas realizadas por cada profesional de prospección, dedicado a tiempo completo, estableciéndose un importe de 195,5 euros por empresa visitada, adecuadamente documentada y justificada, siendo 200 empresas el máximo subvencionable y 39.100 euros de importe máximo de subvención en este caso, y 100 el mínimo de empresas y 19.550 euros el importe máximo de subvención en este caso.
Si la dedicación fuera a jornada parcial, el máximo y el mínimo de empresas a visitar se prorratearán en función del porcentaje de jornada de dedicación a estas actuaciones de prospección. En todo caso, la dedicación mínima de jornada será del 50% de las horas anuales a jornada completa.
- Las actuaciones de seguimiento y apoyo por parte del personal preparador a las personas contratadas en empresas ordinarias con anterioridad al 1 de enero de 2018, serán subvencionadas con un importe máximo de 850 € por persona a la que se le realice seguimiento, hasta un máximo del 25% del coste salarial y de seguridad social de la persona preparadora.
- Los gastos generales de administración, coordinación y traslados y el informe auditor como gastos subvencionables, cuya cuantía máxima será de un 10% de las suma de los costes salariales y de seguridad social del personal que configure la Unidad de Empleo con Apoyo que resulten subvencionables y sean justificados con el logro de los objetivos previstos.
El importe concedido en ningún caso podrá superar los costes salariales y de Seguridad social de los profesionales que participen en las actuaciones de Empleo con Apoyo más el 10% en concepto de gastos generales, de administración, coordinación y traslados y el informe auditor.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, se concederá aquellas que reúnan los requisitos previstos en la convocatoria.
En el supuesto de que los recursos económicos asignados a la financiación de este programa no sean suficientes para la cobertura de todas las solicitudes que hayan sido aprobadas, se procederá al reparto de los fondos según orden de prelación que resulte atendiendo a los criterios de valoración previstos en el art.10 de la convocatoria.
Las ayudas concedidas se abonarán en dos pagos fraccionados:
- Un primer pago, por un importe del 50% de la subvención concedida, tras la remisión de la resolución y la aceptación de la subvención por parte de la entidad beneficiaria.
- Un segundo pago del 50% restante o de la cantidad que resulte tras el ajuste que deberá realizarse en consonancia con los gastos realmente ejecutados y justificados y con el cumplimiento de los objetivos de inserción y actividad de prospección establecidos en la convocatoria. Este segundo pago se realizará a la finalización de las actuaciones y previa presentación de la Memoria Final.
A quién va dirigido
Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, y los Centros Especiales de Empleo
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones para el desarrollo de las actuaciones de Empleo con Apoyo, las asociaciones, las fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, y los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales, radicados en la CAPV.
Requisitos:
- Tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.
- Contar en su plantilla con personas técnicas prospectoras y preparadoras laborales especializadas.
- Tener experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad con especiales dificultades, subvencionados por Administraciones Públicas y/o Fondos Europeos.
-
Desarrollar las actividades de Empleo con Apoyo de modo gratuito.
Declaración responsable.
-
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Comprobación por parte del personal de Lanbide por medio de los distintos aplicativos.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable.
-
No tener pendiente la terminación de cualquier procedimiento de reintegro sancionador.
Declaración responsable.
-
Información relativa al número de personas trabajadoras que constituyen la plantilla de la empresa y si tal empresa dispone de un Plan de Igualdad.
Declaración responsable.
-
Contar con una unidad básica de Empleo con Apoyo que se ha de componer de al menos, una persona prospectora y una persona preparadora laboral.
La dedicación a las actuaciones por cada una de las personas que configuran la Unidad de Empleo con Apoyo debe ser como mínimo del 50% de las horas anuales a jornada completa. -
Cumplir los objetivos de integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción.
Previsión de las personas con discapacidad con las que se van a realizar las actuaciones de Empleo con Apoyo, diferenciando las nuevas inserciones de los seguimientos de inserciones de contratos logrados en años anteriores.
A término del periodo subvencionado:
- Copias de los contratos de trabajo realizados a las personas con discapacidad insertadas.
- Copia del certificado de discapacidad de las personas atendidas expedido por el órgano competente correspondiente.
- Convenios de colaboración suscritos con las empresas en las que se han realizado las actuaciones de Empleo con Apoyo, según modelo que será facilitado con la Resolución.
- Realizar labores de prospección, búsqueda y captación de oportunidades de empleo, en base a las empresas contactadas mediante visitas realizadas.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
Código
01365Solicitud y aportación de documentación
La documentación a aportar se halla especificada en el impreso de la solicitud.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
-
-
-
A término del periodo subvencionado:
-
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Tener por objeto social, entre otros, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de personas con discapacidad.
- Contar en su plantilla con personas técnicas prospectoras y preparadoras laborales especializadas.
- Tener experiencia acreditada en el desarrollo de programas de integración laboral de personas con discapacidad con especiales dificultades, subvencionados por Administraciones Públicas y/o Fondos Europeos.
-
Desarrollar las actividades de Empleo con Apoyo de modo gratuito.
Declaración responsable.
-
Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Comprobación por parte del personal de Lanbide por medio de los distintos aplicativos.
-
No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable.
-
No tener pendiente la terminación de cualquier procedimiento de reintegro sancionador.
Declaración responsable.
-
Información relativa al número de personas trabajadoras que constituyen la plantilla de la empresa y si tal empresa dispone de un Plan de Igualdad.
Declaración responsable.
-
Contar con una unidad básica de Empleo con Apoyo que se ha de componer de al menos, una persona prospectora y una persona preparadora laboral.
La dedicación a las actuaciones por cada una de las personas que configuran la Unidad de Empleo con Apoyo debe ser como mínimo del 50% de las horas anuales a jornada completa. -
Cumplir los objetivos de integración laboral en el mercado ordinario de trabajo de personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción.
Previsión de las personas con discapacidad con las que se van a realizar las actuaciones de Empleo con Apoyo, diferenciando las nuevas inserciones de los seguimientos de inserciones de contratos logrados en años anteriores.
A término del periodo subvencionado:
- Copias de los contratos de trabajo realizados a las personas con discapacidad insertadas.
- Copia del certificado de discapacidad de las personas atendidas expedido por el órgano competente correspondiente.
- Convenios de colaboración suscritos con las empresas en las que se han realizado las actuaciones de Empleo con Apoyo, según modelo que será facilitado con la Resolución.
- Realizar labores de prospección, búsqueda y captación de oportunidades de empleo, en base a las empresas contactadas mediante visitas realizadas.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
El plazo de resolución no excederá los seis meses desde la fecha de publicación en el BOPV de esta convocatoria.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario que encontrará a continuación y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Otros trámites
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Datos personales, rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Nota: Las entidades actúan siempre con representantes.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentos a un procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación que considere necesaria en los lugares de presentación señalados.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
- En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.