Subvenciones a programas destinados al fomento de las artes escénicas. Proyectos de residencia en los teatros de la CAE (2018).

[ARTES ESCÉNICAS - RESIDENCIA EN TEATROS]

Descripción


Objeto

Regular y convocar las condiciones de concesión de subvenciones a programas y actividades de formación, promoción o exhibición destinados al fomento de las artes escénicas y que se realicen durante el ejercicio 2018.

Áreas subvencionables

Las ayudas previstas en este capítulo van dirigidas al desarrollo de programas de colaboración entre las compañías residentes y los espacios escénicos de acogida de titularidad pública municipal de la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el ejercicio 2018.

Estos programas de colaboración deben incluir como mínimo:

  • La cesión de uso, con arreglo a las condiciones pactadas, a la compañía residente de las instalaciones administrativas y el espacio escénico necesario para la consecución del proyecto, la maquinaria y el material escénico y los servicios profesionales del personal técnico.
  • La realización de una producción y/o la realización de representación(es) en el teatro de acogida del espectáculo producido.
  • La presentación de un programa de promoción del teatro en su entorno local (sensibilización, promoción de públicos, formación, dinamización…) donde se recoja de manera detallada los objetivos, actividades y calendario propuesto.

Dotación presupuestaria

80.000

Prestación económica

El importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a 25.000 euros, no pudiendo en ningún caso superar el gasto total de dicho proyecto.

Forma de pago:

  • El 75% de la cuantía subvencionada se hará efectivo una vez dictada la Resolución de adjudicación.
  • El pago del 25% restante previa justificación de la actividad subvencionada.

A quién va dirigido


Ayuntamientos de la CAPV

Ayuntamientos o sus Organismos Autónomos locales, Entidades Públicas empresariales locales y Sociedades Mercantiles locales

Requisitos:

  • Ser ayuntamiento de la Comunidad Autómona del País Vasco (Ayuntamientos o sus Organismos Autónomos locales, Entidades Públicas empresariales locales y Sociedades Mercantiles locales)
  • Acreditar suficiente poder de representación
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • Ser titular de un equipamiento escénico estable
  • Cumplir todas las medidas de seguridad exigidas por la legislación vigente, así como de un seguro de responsabilidad civil, para los espectáculos que se programen.
  • Disponer de una programación estable profesional de artes escénicas.
  • Alojar a una compañía profesional con el que ha suscrito un programa de colaboración que incluya como mínimo:

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • No podrán acceder a las subvenciones las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Cultura

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0095506

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco


Deberá rellenarse en el caso de que la persona/entidad solicitante no esté registrada o desee modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Las entidades beneficiarias de subvenciones, deberán presentar la justificación en los tres meses siguientes a la fecha de finalización de la actividad subvencionada.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites