Subvenciones para la adquisición de dispositivos digitales en el curso académico 2017-2018.

[GAILUDIGI_ITUNPEKOA]

Descripción


Objeto

Se convocan subvenciones para la adquisición de dispositivos digitales en el curso académico 2017-2018, para su utilización por el alumnado que curse Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

1.255.600 (euros)

Prestación económica

La cuantía de las ayudas será de hasta un máximo de 200 (doscientos) euros por solicitante, con el límite del importe justificado por la factura del dispositivo concreto.

Forma de pago:

El abono de las ayudas concedidas se realizará de una sola vez, tras la resolución de la convocatoria, remitiéndose el importe total a los centros donde cursen los estudios los alumnos y alumnas beneficiarios/as.

A quién va dirigido


Alumnado de niveles no universitarios

Requisitos:

  • El alumno o alumna sea beneficiario o beneficiaria en el curso 2016-2017 de una beca en la convocatoria de becas y ayudas al estudio para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios, en el componente de material escolar
  • El dispositivo digital por el que se solicita la ayuda se corresponda con aquel por el que haya optado el centro para todo el grupo del o de la solicitante y haya sido adquirido a partir del 1 de enero de 2016
  • Queda excluido el alumnado becario que ya haya sido beneficiario de esta misma subvención en alguna de los dos convocatorias anteriores (cursos 2015-2016 ó 2016-2017)

Requisitos

  • El centro docente esté incluido en la red SARE_HEZKUNTZA GELAN en cualquiera de las convocatorias a partir del curso 2014-2015
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No encontrarse la persona o entidad solicitante en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1026803

Instancia del alumnado


Instancia: 12/10/2017 - 31/10/2017

Solicitud del centro: 01/11/2017 - 10/11/2017

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución y notificación de las ayudas se realizará en un plazo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria

Efectos del silencio

Desestimatorios

Solicitud del centro concertado


La SOLICITUD PRESENCIAL se podrá realizar ÚNICAMENTE en los casos en los que SU CERTIFICADO HAYA SIDO REVOCADO.

Solicitud del centro: 01/11/2017 - 17/11/2017.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Solicitud

Justificación


Hasta el 31/03/2018.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites