Ayudas a Organismos Internacionales del sistema de las Naciones Unidas y a personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.
[NBE_2016]
- Organismo:
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Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza
- Estado:
- Cerrado el plazo de presentación de solicitudes (17/05/2016-17/06/2016)
Descripción
Objeto
El objeto de la presente Resolución es convocar, para el presente ejercicio 2015, las ayudas a los Organismos Internacionales de Naciones Unidas y a las personas jurídicas vinculadas a ellos, para becar a las personas cooperantes voluntarias que participen en proyectos de desarrollo de dichos Organismos Internacionales en países empobrecidos.
Dotación presupuestaria
300.000 eurosA quién va dirigido
- Sede Central
- Acuerdos, convenios y/o protocolos
- Obligaciones tributarias
- Obligaciones Seguridad Social
- Estar legalmente constituida
- Finalidad en sus estatutos
- Tener suficiente poder de representación
- Sede Central
- Obligaciones tributarias
- Obligaciones Seguridad Social
- Estar legalmente constituida
- Tener suficiente poder de representación.
Requisitos
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No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
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Requisitos de las candidaturas
Para tener acceso a estas ayudas, las entidades solicitantes deberán presentar candidaturas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Incluir a personas cooperantes voluntarias que certifiquen la vecindad administrativa en el País Vasco, con una antigüedad de, al menos, doce meses al 1 de enero del año en que se convoquen las ayudas. Se admitirán, no obstante, aquellas personas que habiendo estado empadronadas anteriormente durante, al menos, un año continuado en la CAPV, no cumplan con el requisito exigido por haber estado realizando labores de cooperante en países empobrecidos.
La Administración consultará de oficio este requisito si se marca la casilla correspondiente, sino tendrá que entregar documento acreditativo.
b) Incluir a personas cooperantes que se incorporen durante un período mínimo de un año a programas de desarrollo de Organismos Internacionales en países empobrecidos.
c) Titulación de Licenciado/a o Diplomado/a, conforme al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales. Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar homologados en el momento de la finalización del plazo de solicitud.
La Administración consultará de oficio este requisito si se marca la casilla correspondiente, sino tendrá que entregar documento acreditativo.
Quienes estuvieren pendientes de la resolución de su solicitud de homologación o no la hayan realizado, pero hubieran accedido con su Título extranjero en conformidad con el artículo 16.1 del Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, sin necesidad de homologación del mismo, a estudios de postgrado de las Universidades españolas, cuyo requisito previo es disponer de una titulación universitaria correspondiente a un segundo ciclo (Licenciado/a, Ingeniero/a o Arquitecto/a), podrán presentar como documento acreditativo el título obtenido junto con la autorización otorgada por el Rector de la Universidad donde realizaron dichos programas, o la copia del dictamen de la comisión de Doctorado en el que se autorizó expresamente su matriculación, previa comprobación de la adecuación del título y expediente académico extranjero presentado a la exigencia de los estudios de especialización a realizar.
d) No tener cumplidos 35 años el año en el que se realiza la convocatoria.
La Administración consultará de oficio este requisito si se marca la casilla correspondiente, sino tendrá que entregar documento acreditativo.
e) No haber sido beneficiario/a de este mismo programa de ayudas en convocatorias anteriores.
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Requisitos de la propuesta de beca
- Convenio o acuerdo entre entidad solicitante y persona becaria con los contenidos del art. 5.2.a). Adjuntar convenio según modelo* en Anexos Convenio entre entidad solicitante y persona becaria.
- Convenio entre la oficina del Organismo Internacional y la entidad solicitante con los contenidos del art. 5.2.b). Adjuntar convenio según modelo* en Anexos Convenio entre la oficina del Organismo Internacional y la entidad solicitante.
- Presupuesto de los gastos para los que se solicita la ayuda: seguro, transporte, compensación económica y gastos de formación y gestión. Completar la información en la solicitud.
- Memoria de los módulos del curso de formación y ponentes. Adjuntar en Anexos Curso de formación.
- Prueba documental del interés del Organismo Internacional en contar con la presencia de la persona cooperante voluntaria y perfil que se precisa (TdR): art. 5.2 f). Adjuntar en Anexos Interés del Organismo Internacional en contar con la persona cooperante.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior
Organismo que resuelve
- Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Agencia Vasca de Cooperación al Desarrollo
Información de contacto
Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo
Navarra, 2, 01007, Vitoria-Gasteiz
Tel: 945 018 087
Fax: 945 017 808
Horario: 8:30-14:00 (de lunes a viernes)
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Solicitud y aportación de documentación
Resolución y recursos
Plazo de resolución
3 meses aproximadamente desde que acaba el plazo de solicitudes
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios