Programa de movilidad del personal investigador doctor (2017).
[IKERMUGIKORTASUNA]
- Organismo:
- Educación
- Estado:
Descripción
Objeto
La convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización, con dedicación exclusiva, de estancias en centros de investigación, con el fin de impulsar la movilidad geográfica del profesorado universitario e investigadores de los organismos y centros de I+D+i, y mejorar sus capacidades y la competitividad de los grupos de investigación.
El personal investigador deberá desarrollar durante su estancia un proyecto de investigación que se encuentre integrado en la línea de trabajo del equipo receptor u otro tipo de actuaciones tendentes al establecimiento de intercambios y vínculos científicos de alto nivel.
Dotación presupuestaria
120.000 (euro)1.– El pago de la ayuda se hará efectivo a favor de la entidad beneficiaria.
2.– Las ayudas concedidas se harán efectivas fraccionadamente mediante dos libramientos.
El primero de ellos, por importe equivalente al 75% de la ayuda concedida, se efectuará una vez la entidad beneficiaria, presente en la Dirección de Política Científica el certificado de incorporación al centro receptor.
El segundo, en 2018, una vez finalizada la actividad, previa presentación de la documentación exigida en el artículo siguiente, por el importe que resulte de la liquidación de la ayuda.
A quién va dirigido
- Tener suficiente poder de representación
- Estar inscrito en el Registro de agentes científico-tecnológicos
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
Requisitos
-
Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes tanto públicos como privados.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.
Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.
- No hallarse la persona candidata incursa o ser objeto de algún procedimiento de reintegro o sancionador y, en su caso, estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- No hallarse la persona candidata sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursa en alguna prohibición legal que le inhabilite para ello.
- No hallarse la persona candidata incursa en alguna de las restantes prohibiciones que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Educación > Consejero/a de Educación
Organismo que resuelve
- Educación > Viceconsejería de Universidades e Investigación
Solicitud y aportación de documentación
Resolución y recursos
Plazo de resolución
Seis meses siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOPV.
Efectos del silencio
Desestimatorios