Subvenciones 2015 para centros vascos

Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza

Objeto

Subvenciones dirigidas a los centros vascos - euskal etxeak para financiar los gastos de funcionamiento, la realización de actividades y la dotación de infraestructuras

Requisitos y méritos
  • Presentar la solicitud y la documentación necesaria información detallada
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado). información detallada
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación. información detallada
  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. información detallada
  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00). información detallada
  • Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis. información detallada
Dotación presupuestaria
782.307 euro(s)
Prestación económica

Resolución de convocatoria, Resuelvo Cuarto.– Recursos económicos.

El importe global de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, asciende a la cantidad de setecientos ochenta y dos mil trescientos siete (782.307) euros distribuyéndose del modo siguiente:

a) Para Capítulo IV: 111.346 euros, crédito de pago y 630.961 euros, crédito de compromiso.

b) Para Capítulo VII: 6.000 euros, crédito de pago y 34.000 euros, crédito de compromiso.

Forma de pago:

Decreto 175/2014: Artículo octavo.– Se modifica el artículo 15 del Decreto 50/2008, de 18 de marzo, por el que se regula el régimen de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, el cual queda redactado como sigue:

«El pago de la subvención se realizará fraccionadamente de la forma siguiente:

a) El 15% de la subvención concedida se efectuará una vez aceptada la subvención.

b) El 60% de la subvención, se efectuará al inicio del ejercicio presupuestario siguiente al de la adjudicación de la subvención, previa justificación de las actuaciones efectuadas con cargo a los fondos de la primera entrega, mediante la presentación de un informe detallado de las actuaciones ejecutadas con cargo a dichos fondos.

c) El 25% restante, tras la recepción y verificación de la justificación del total de la actividad subvencionada, que cubra el 100% del presupuesto presentado.»

Organismo que convoca
  • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior
Organismo que resuelve
  • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza / Secretaría General de Acción Exterior > Dirección para la Comunidad Vasca en el Exterior