Modificación no sustancial

Descripción


Se entiende por modificación no sustancial la que no afecta, de forma directa o indirecta, a los parámetros del programa de juego, tales como la velocidad del juego, el plan de ganancias u otras condiciones inherentes al desarrollo del juego.

A quién va dirigido


Empresas fabricantes, importadoras o comercializadoras.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Juego y Espectáculos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Juego y Espectáculos

Información de contacto


Datos de contacto

Dirección de Juegos y Espectáculos

Departamento de Seguridad - Gobierno Vasco

Calle Donostia - San Sebastián, 1

010101 Vitoria-Gasteiz.

Tfno. 945 018879 / Fax 945 018748

Email: juegoyespectaculos@euskadi.eus

Código(s)

  • Modificación no sustancial: 0009509

Solicitud de modificación no sustancial


Se entiende por modificación no sustancial la que no afecta, de forma directa o indirecta, a los parámetros del programa de juego, tales como la velocidad del juego, el plan de ganancias u otras condiciones inherentes al desarrollo del juego.

La realización de tres modificaciones no sustanciales en la misma máquina se considerará modificación sustancial y requerirá una nueva autorización de ese tipo.

Máquinas de tipo «B» o recreativas con premio

Aquellas máquinas que, a cambio de un precio, conceden al usuario un tiempo de uso y, eventualmente, un premio en metálico, e incluyen los siguientes subtipos: BH, BHZ, BHM, BH+, BS, BSC, BSM, BS+, BS+C, BS+M, BG, BGC y BGM).

Máquinas de tipo «C» o de azar

Aquellas máquinas que, a cambio de un precio, conceden a la persona usuaria un tiempo de uso y, eventualmente, un premio en metálico que dependerá siempre del azar.

Máquinas de tipo «P» o auxiliares de apuestas

Máquinas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento 120/2016, permiten a la persona usuaria realizar apuestas, o bien validar o registrar las mismas, sobre resultados de un acontecimiento deportivo o de otra naturaleza de acuerdo con lo que se disponga en la normativa específica.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites