Homologación de otros elementos de juego

Descripción


Todos los materiales, sistemas, máquinas, terminales, material software, instrumentos o materiales necesarios para el desarrollo de las actividades reguladas en el Reglamento 120/2016 deberán estar homologadas e inscritas en el Registro Central de Juego; siendo el mismo requisito necesario para su fabricación, explotación, comercialización e instalación en locales.

A quién va dirigido


Empresas fabricantes, importadoras o comercializadoras.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Juego y Espectáculos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Seguridad > Dirección de Juego y Espectáculos

Información de contacto


Datos de contacto

Dirección de Juegos y Espectáculos

Departamento de Seguridad - Gobierno Vasco

Calle Donostia - San Sebastián, 1

010101 Vitoria-Gasteiz.

Tfno. 945 018879

Email: juegoyespectaculos@euskadi.eus

Código(s)

  • Homologación de otros elementos de juego: 00095_15

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Se considera modificación sustancial de un modelo homologado la que afecta de forma directa a los parámetros de su homologación.

Se entiende por modificación no sustancial del modelo homologado la que no conlleva la modificación de los aspectos descritos en la modificación sustancial.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites