Autorización sanitaria de ópticas

Descripción


Las ópticas son establecimientos sanitarios donde, bajo la dirección técnica de un diplomado en Óptica y Optometría, se realizan actividades de evaluación de las capacidades visuales mediante técnicas optométricas; tallado, montaje, adaptación, suministro, venta, verificación y control de los medios adecuados para la prevención, detección, protección, mejora de la agudeza visual; ayudas en baja visión y adaptación de prótesis oculares externas.

Las autorizaciones sanitarias reguladas son tres: instalación, modificaciones sustanciales y funcionamiento. La de funcionamiento es la de mayor importancia, ya que es la que permite abrir al público las puertas del establecimiento sanitario. Las otras dos están concebidas para garantizar a la persona titular que su proyecto de creación o de modificación es acorde con la normativa vigente antes de emprenderlo. No obstante, las autorizaciones sanitarias no eximen el cumplimiento de las autorizaciones administrativas que puedan corresponder según la legislación vigente.

Las autorizaciones sanitarias mencionadas más arriba se tramitan en las Unidades de Ordenación Sanitaria de las correspondiente Delegaciones Territoriales de Salud.

La autorización de instalación: se exige para las ópticas de nueva creación.

La autorización sanitaria de funcionamiento: se tramita después o al mismo tiempo que la de funcionamiento instalación, y es la que faculta este tipo de establecimientos sanitarios para realizar su actividad, y se exige con carácter preceptivo de modo previo al inicio de ésta. También se precisa tras las modificaciones sustanciales de las ópticas y antes del inicio de las actividades correspondientes. La autorización de funcionamiento se concede para cada establecimiento y debe ser renovada cada cinco años.

Para llevar a cabo modificaciones sustanciales en una óptica ha de obtenerse, con carácter previo, la autorización de modificación correspondiente.

Se consideran modificaciones sustanciales de una óptica que cuente con autorización de funcionamiento:

  • a) La modificación de la estructura o distribución del inmueble.
  • b) El cambio de la persona titular.
  • c) La inclusión de un gabinete de audioprótesis.

Desde las Delegaciones Territoriales se tramitan también:

  • Modificaciones no sustanciales. (a comunicar en el plazo máximo de un mes desde que se produzcan)
    • Cambio del director técnico o del responsable de la actividad asistencial
    • Cambio del personal sanitario o de su régimen de dedicación.
    • El cese temporal, total o parcial de la actividad.
  • Comunicación de cierre: como mínimo con tres meses de antelación.

A quién va dirigido


  • Tanto a personas físicas como jurídicas que quieran poner en marcha una óptica ubicada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Salud / Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud > Delegación Territorial de Alava
  • Salud / Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud > Delegación Territorial de Bizkaia
  • Salud / Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud > Delegación Territorial de Gipuzkoa

Información de contacto


Datos de contacto

Delegación Territorial de Salud de Álava

  • C/ Olagibel, 3801004 Vitoria-Gasteiz

  • Teléfono: 945 017180 / 945 017144

  • E-mail: ordenazioaaraba@euskadi.eus

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia

  • C/ Alameda Rekalde, 39 A, 48008 Bilbao
  • Teléfono: 944 031558
  • E-mail: ordenazioabizkaia@euskadi.eus

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa

  • Avda.Navarra 420013 Donostia- San Sebastián 
  • Teléfono: 943 022740
  • E-mail: ordenazioagipuzkoa@euskadi.eus

Código(s)

  • Autorización de instalación: 0103101
  • Autorización de funcionamiento: 0103102
  • Autorización de instalación y funcionamiento: 0103102
  • Renovación de la autorización de funcionamiento: 0103102
  • Autorización de modificación sustancial: 0103105
  • Comunicación de modificación no sustancial: 0103106
  • Comunicación de cierre: 0103108

Autorización de instalación


La Autorización de instalación debe ser solicitada de forma previa al funcionamiento de una óptica y se concederá siempre que cumplan lo previsto en la norma.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de funcionamiento


La Autorización de funcionamiento de una óptica de nueva creación que cuente con una autorización de instalación ha de obtenerse antes del inicio de su actividad y debe solicitarse:

  • a) Antes de un año de la notificación de la autorización de instalación, si esta no implica la realización de una obra nueva o la modificación de la estructura o distribución de un inmueble ya existente o
  • b) Antes del transcurso de dos años de la notificación de la autorización de instalación, si no se han iniciado o se han paralizado las obras en el resto de los casos.

Asimismo, debe obtenerse tras las modificaciones sustanciales de las ópticas y antes del inicio de las actividades correspondientes.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de instalación y funcionamiento


Pueden solicitarse conjuntamente la autorización de instalación y la de funcionamiento de un establecimiento sanitario cuya creación no implique la realización de una obra nueva o la modificación de la estructura o distribución de un inmueble ya existente.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Renovación de la autorización de funcionamiento


La autorización de funcionamiento tiene validez por cinco años y tres meses antes del final de su validez la persona titular de la autorización debe solicitar su renovación.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de modificación sustancial


Cuando en una óptica se realice alguna de estas circunstancias:

  • modificación de su estructura o distribución del inmueble
  • cambio de persona titular de la autorización
  • inclusión de un gabinete de audioprótesis

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Comunicación de modificación no sustancial


Las modificaciones no sustanciales un establecimiento sanitario deben comunicarse en el plazo máximo de un mes desde que se hayan producido y tienen esa consideración:

  • a) El cambio del director técnico o del responsable de la actividad asistencial
  • b) El cambio del personal sanitario o de su régimen de dedicación
  • c) El cese temporal, total o parcial, de su actividad

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Comunicación de cierre


Cuando se pretenda efectuar el cierre de una óptica, su titular deberá comunicarlo a la Delegación Territorial correspondiente del Departamento de Sanidad, con una antelación mínima de tres meses.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites