Departamento de Seguridad

Autorización para la reforma del local de juego

Descripción


Autoriza la modificación de la configuración del local de juego (salón de juego, local de apuestas, bingo o casino) y la realización de obras en él siempre que la modificación suponga una variación en la superficie útil del local, entendida esta como la superficie total accesible normalmente por el público (sala de juego, zona del servicio complementario de hostelería, baños, vestíbulos interiores de acceso, pasillos y escaleras no reservados a los empleados y todas aquellas zonas que en condiciones normales están destinados al uso por parte de la clientela.

A quién va dirigido


Empresas de salones de juego, de apuestas, de bingos y de casinos que se dispongan a variar la superficie útil del local.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Juego y Espectáculos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Juego y Espectáculos

Información de contacto


Datos de contacto

Dirección de Juegos y Espectáculos - Departamento de Seguridad - Gobierno Vasco

Calle Donostia - San Sebastián, 1 / 010101 Vitoria-Gasteiz.

Tfno. 945 018879 / Fax 945 018748 / Email: juegoyespectaculos@euskadi.eus

Delegación Territorial de Álava

Calle Donostia-San Sebastián, 1. Vitoria-Gasteiz,

Tfno. 945 017020 / Fax 945017021 / jokikus-araba@euskadi.eus

Delegación Territorial de Bizkaia

Gran Vía, 81-1. Bilbao,

Tfno. 94 6075520 / Fax 94 6075521 / jokikus-bizkaia@euskadi.eus

Delegación Territorial de Gipuzkoa

Avenida Vitoria-Gasteiz, 3 4. Donostia-San Sebastián,

Tfno. 943 467125 / Fax 943474532 / jokikus-gipuzkoa@euskadi.eus

Código(s)

  • Autorización para la reforma del local de juego: 0019908

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Tres meses.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites