Consultas médicas, Consultas de otros profesionales sanitarios, Centros polivalentes, Centros especializados, Centros de reconocimiento médico, Servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria

Descripción


Las Consultas médicas, Consultas de otros profesionales sanitarios, Centros polivalentes, Centros especializados, Servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria y Centros de reconocimiento médico, de titularidad pública o privada, que vayan a instalarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco, han de obtener antes de su apertura la autorización sanitaria de instalación y la de funcionamiento (Decreto 31/2006).

El proceso de autorización sanitaria comienza con la autorización de instalación, concebida para garantizar a la persona titular que su proyecto de creación o de modificación del espacio asistencial es acorde con la normativa vigente. La autorización de funcionamiento es necesaria para iniciar la actividad sanitaria. Cuando la creación del centro no implique la realización de obra nueva de gran envergadura, la autorización de instalación y la de funcionamiento se pueden solicitar en un único trámite.

Para obtener la autorización sanitaria debe presentarse la solicitud junto a la documentación que se indica en el apartado correspondiente, además del justificante del pago de la tasa. El trámite continúa con la revisión por el personal de la Delegación Territorial de Salud de la documentación presentada, con el fin de comprobar si está completa y, en caso contrario, reclamar la que falte. Previamente a la emisión de la resolución de autorización de funcionamiento, se realizará una visita de inspección en la que se comprobará el cumplimiento de los requisitos estructurales y de equipamiento aplicables.

La autorización de funcionamiento tiene una vigencia de cinco años; las personas titulares deben solicitar la renovación de la autorización de funcionamiento tres meses antes del final de su período de validez.

Las modificaciones sustanciales en un centro autorizado deben así mismo recibir autorización. Se consideran modificaciones sustanciales la modificación de la estructura del inmueble, la modificación de las unidades asistenciales de radioterapia o medicina nuclear el cambio de la persona titular y la modificación de una nueva oferta asistencial.

El cambio de responsable asistencial y el cese temporal, total o parcial de la actividad, son considerados modificaciones no sustanciales y, junto con el cierre del centro, deben ser comunicados a las Delegaciones Territoriales, para lo que se facilita asimismo el procedimiento de tramitación.

La obtención de la autorización de funcionamiento motiva la inscripción en el Registro de Centros Servicios y Establecimientos Sanitarios (REGCESS). La inscripción inicial en este Registro se realiza de oficio tras emitir la resolución de autorización. No confundir este registro con el Registro Vasco de Profesionales del ámbito Sanitario (RVPS).

A quién va dirigido


  • Consultas médicas, consultas de otros profesionales sanitarios, centros polivalentes y centros especializados, tanto públicos como privados, que vayan a instalarse en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Normativa aplicable


Normativa estatal REAL DECRETO 1976/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los criterios de calidad en radiodiagnóstico Normativa estatal Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Normativa autonómica DECRETO 31/2006, de 21 de febrero, de autorización de los centros, servicios y establecimientos sanitarios Normativa estatal Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico Normativa autonómica ORDEN de 12 de noviembre de 2013, del Consejero de Salud, por la que se regulan los requisitos técnicos aplicables a los centros y servicios sanitarios en los que se realicen actividades quirúrgicas y/o procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos invasivos sin internamiento Normativa autonómica DECRETO 78/2016, de 17 de mayo, sobre medidas de seguridad de pacientes que reciban asistencia sanitaria en los centros y servicios sanitarios ubicados en Euskadi Normativa autonómica ORDEN de 27 de octubre de 2017, del Consejero de Salud, por la que se desarrollan los comités de seguridad al o a la paciente de centros y servicios sanitarios ubicados en Euskadi Normativa autonómica DECRETO 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica Normativa estatal Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico

Organismos


Organismo que gestiona

  • Salud / Viceconsejería de Salud > Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias
  • Salud / Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud > Delegación Territorial de Alava
  • Salud / Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud > Delegación Territorial de Bizkaia
  • Salud / Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud > Delegación Territorial de Gipuzkoa

Información de contacto


Datos de contacto

Servicio de Ordenación y Acreditación Sanitarias

  • C/ Donostia - San Sebastian nº 101010 Vitoria-Gasteiz

  • Teléfono: 945 019234

  • E-mail: soac@euskadi.eus

Delegación Territorial de Salud de Álava

  • C/ Olagibel, 3801004 Vitoria-Gasteiz

  • Teléfono: 945 017180 / 945 017144

  • E-mail: ordenazioaaraba@euskadi.eus

Delegación Territorial de Salud de Bizkaia

  • C/ Alameda Rekalde, 39 A, 48008 Bilbao
  • Teléfono: 944 031558
  • E-mail: ordenazioabizkaia@euskadi.eus

Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa

  • Avda.Navarra 420013 Donostia- San Sebastián 
  • Teléfono: 943 022740
  • E-mail: ordenazioagipuzkoa@euskadi.eus

Código(s)

  • Autorización de instalación: 0103101
  • Autorización de funcionamiento: 0103102
  • Autorización de instalación y funcionamiento: 0103102
  • Renovación de la autorización de funcionamiento: 0103102
  • Autorización de modificación sustancial: 0103105
  • Comunicación de modificación no sustancial: 0103106
  • Comunicación de cierre: 0103108

Autorización de instalación


La autorización de instalación es el tramite a hacer antes de empezar con la construcción o adecuación de un centro.

Cuando la creación del centro no implique la realización de obra nueva de gran envergadura, la autorización de instalación se puede solicitar conjuntamente con la de funcionamiento.

En esta fase se paga la tasa, se presenta el proyecto y es evaluado por parte del servicio en relación a los aspectos de adecuación a los estándares sanitarios.

La autorización de instalación caduca:

  • En el caso de que la creación no implique la realización de una obra nueva o la modificación de la estructura o distribución de un inmueble ya existente, caduca al año de su notificación.
  • Si no se han iniciado o se han paralizado las obras, caduca a los dos años de su notificación.
  • Si no se ha solicitado la autorización de funcionamiento del centro, caduca a los dos años de su notificación.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de funcionamiento


Finalizada la obra y antes de iniciar la actividad sanitaria, tras recibir la visita de un equipo de inspección se le autoriza para empezar a funcionar, cumpliendo unos criterios homogéneos para todos los centros. Caduca a los 5 años.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de instalación y funcionamiento


Es el trámite por el que se solicitan simultáneamente la autorización de instalación y la de funcionamiento. Se puede aplicar cuando la creación del centro no implique la realización de obra nueva de gran envergadura.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Renovación de la autorización de funcionamiento


Debe solicitarse la renovación de la autorización de funcionamiento tres meses antes del final de su validez que es de 5 años.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Autorización de modificación sustancial


Cuando en un centro o servicio autorizado se produzca cualquiera de las modificaciones siguientes:

  • a) La modificación de la estructura o distribución del inmueble.
  • b) La modificación de las unidades asistenciales de radioterapia o medicina nuclear.
  • c) El cambio de la oferta asistencial.
  • d) El cambio de la persona titular.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Comunicación de modificación no sustancial


Se consideran modificaciones no sustanciales de un centro sanitario que cuente con autorización de funcionamiento las siguientes:

  • a) El cambio del director técnico o del responsable de la actividad asistencial, cuando la norma reguladora del centro exija su existencia.
  • b) El cambio del personal sanitario o de su régimen de dedicación, dentro de la oferta asistencial del centro.
  • c) La modificación de la unidad asistencial de radiodiagnóstico.
  • d) El cese temporal, total o parcial, de la actividad del centro, servicio o establecimiento sanitario.

Dichas modificaciones no sustanciales han de comunicarse a la Delegación Territorial de Salud que corresponda en el plazo máximo de un mes desde que se hayan producido

No se emitirá resolución y solo se incorporarán al expediente del centro.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites


Comunicación de cierre


Memoria descriptiva del procedimiento de conservación de la documentación clínica generada mientras el centro sanitario ha estado en funcionamiento, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.

REQUISITOS TÉCNICOS

Requisitos técnicos para poder realizar la solicitud de manera telemática:

  1. Debe tener instalado el software IDAZKI DESKTOP junto con el resto de software de Izenpe (http://www.izenpe.eus/informacion/puesta-en-marcha-de-los-certificados-izenpe/s15-content/es/ ).
  2. Debe tener deshabilitado el bloqueo de las ventanas emergentes en su navegador para www.euskadi.eus (si no sabe cómo puede consultar estas instrucciones).
  3. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido y en vigor.

 

INSTRUCCIONES

  1. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  2. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Le requerirá identificarse a través de un medio de identificación electrónico admitido.

Resolución y recursos


Otros trámites