Asistente para trámites y solicitudes
En esta página encontrará información y diferentes modelos e instancias que le podrán ayudar en sus trámites con URA. Antes de empezar a realizar cualquier trámite por favor, recuerde las siguientes indicaciones:
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas establece en su artículo 14 el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Obligatoriedad que atañe a las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, a quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, a quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y, finalmente, a los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
¿Qué quiere realizar?
Si desea añadir cualquier documento a un expediente ya iniciado, siga los siguientes pasos:
- Acceda a Mi carpeta (es necesario identificarse de manera segura mediante un medio de identificación electrónica admitido.)
- En el apartado "Expedientes" busque su expediente y entre al detalle.
- Pulse sobre el botón "Adjuntar documentos" para añadir la documentación que desee.
Fecha de última modificación: