Denuncias ante la Inspección de trabajo
- Organismo:
- Economía, Trabajo y Empleo
Descripción
Inspección de Trabajo
Según la Ley ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo:
1-La acción de denuncia del incumplimiento de la legislación de orden social es pública.
2-El origen y contenido de las denuncias es confidencial y sometido al Deber de Sigilo de la Inspección de Trabajo.
Deber de sigilo profesional.
- Los funcionarios del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberán guardar secreto respecto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo, así como sobre los datos, informes, origen de las denuncias o antecedentes de que hubieren tenido conocimiento en el desempeño de sus funciones, en los términos del artículo 12 de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y artículo 10 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo.
-El personal sin funciones inspectoras que preste servicios en órganos y dependencias del sistema de inspección queda sujeto a los mismos deberes de sigilo acerca de lo que conozca por razón de su puesto de trabajo.
3-El denunciante no podrá alegar la consideración de interesado a ningún efecto en la fase de investigación, si bien tendrá derecho a ser informado del estado de tramitación de su denuncia, así como de los hechos que se hayan constatado y de las medidas adoptadas al respecto únicamente cuando el resultado de la investigación afecte a sus derechos individuales o colectivos reconocidos por la normativa correspondiente al ámbito de la función inspectora.
4-Los representantes unitarios o sindicales de los trabajadores tendrán derecho a ser informados del estado de tramitación de las denuncias presentadas por los mismos en el ámbito de su representación, así como de los hechos que se hayan constatado y de las medidas adoptadas al respecto.
5-En el supuesto de que la denuncia diera lugar al inicio de un procedimiento sancionador, el denunciante podrá tener, en su caso, la condición de interesado, en los términos y con los requisitos establecidos en la ley 40/2015 de 1 de julio del régimen jurídico del sector público. En el mismo supuesto, se reconoce expresamente la condición de interesados en el
procedimiento a los representantes de las organizaciones sindicales o representantes de los trabajadores, en su condición de titulares de los intereses legítimos que derivan de su representación.
6-No se tramitarán las denuncias anónimas ni las que tengan defectos o insuficiencias de identificación que no hayan sido subsanadas en el plazo establecido para ello.
7-No se dará curso a aquellas denuncias cuyo objeto coincida con asuntos de los que esté conociendo un órgano jurisdiccional cuyo pronunciamiento pueda condicionar el resultado de la actuación inspectora, ni las que manifiestamente carezcan de fundamento.
Interposición telemática de Denuncias
1-La presentación telemática de denuncias debe garantizar que el Contenido de las mismas se adecúa a las previsiones señaladas en el artículo 9.2 del Reglamento General sobre Procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social aprobado mediante Real Decreto 928/1998 de 14 de mayo.
“El escrito de denuncia deberá contener, además de los datos de identificación personal del denunciante y su firma electrónica, los hechos presuntamente constitutivos de infracción en materias para las que resulte competente la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, fecha y lugar de su acaecimiento, identificación de los sujetos resuntamente responsables (nombre o razón social, cif o nif, dirección, teléfono, etc) y demás circunstancias relevantes”.
2-Se deben cumplimentar los campos indicados como obligatorios en esta web.
3-Se podrán acompañar cuantos documentos adjuntos se estimen necesarios, para una mayor información y prueba de la Inspectora actuante del contenido de la denuncia.
4- En caso de que la denuncia no la interponga directamente la persona trabajadora, se debe acompañar obligatoriamente el documento incluido en esta web de autorización a la
Representación Legal de los Trabajadores para actuar ante la Inspección de
Trabajo.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Economía, Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Trabajo y Seguridad Social
Organismo que resuelve
- Economía, Trabajo y Empleo / Viceconsejería de Trabajo y Seguridad Social > Dirección de Trabajo y Seguridad Social
Información de contacto
Datos de contacto
Para contactar con la Inspección de Trabajo:
SUBDIRECCIÓN DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO DEL PAÍS VASCO
c/ Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Tf.: 945 019 320
Fax: 945 019 415
E-mail: itpv@euskadi.eus
INSPECCIÓN DE TRABAJO EN ARABA-ÁLAVA
General Alava, 10-2º
01005 Vitoria-Gasteiz
Tf.: 945 062 100
Fax: 945 062 101
E-mail: itpv-alava@euskadi.eus
INSPECCIÓN DE TRABAJO EN BIZKAIA
Plaza Sagrado Corazón, 5-4º
48011 Bilbao
Tf.: 944 032 700
Fax: 944 032 701
E-mail: itpv-bizkaia@euskadi.eus
INSPECCIÓN DE TRABAJO EN GIPUZKOA
Urdaneta, 7-1º
20006 Donostia-San Sebastián
Tf.: 943 023 550
Fax: 943 023 551
E-mail: itpv-gipuzkoa@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código(s)
- Denuncias laborales: 110361
Presentación de la denuncia
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Antes de comenzar con la solicitud:
- Tenga en cuenta que debe disponer de un medio de identificación electrónica.
- Prepare los documentos necesarios en formato digital (PDF o formatos admitidos).
Después, acceda al servicio electrónico y siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que ha preparado anteriormente.
- Firme la solicitud.
- Envíe la solicitud y los documentos.
Posteriormente, podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Solicitante:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante
- Firme la solicitud como representante.
Las entidades actúan siempre con representante, por lo que:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales, rellene el apartado Titular con los datos de la entidad y el apartado Representante con los datos de la persona representante.
- Firme la solicitud como representante.
Canal de notificación y comunicación:
Debe seleccionar el canal preferido para las notificaciones y comunicaciones con la Administración.
- Postal: se envían a la dirección postal que señale en el apartado Postal.
- Electrónico: se envían a la bandeja de notificaciones y comunicaciones de Mi carpeta. Para acceder, es necesario que usted disponga de un medio de identificación electrónica.
Nota: cuando transcurran 10 días sin que usted haya accedido a una notificación, ésta será rechazada, el trámite se dará por realizado y el procedimiento seguirá adelante.
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para realizar la solicitud siga los 4 pasos que le indicamos:
- Rellene el formulario de la solicitud.
- Adjunte los documentos que sean necesarios.
- Firme la solicitud.
- Presente la solicitud y los documentos en los lugares de presentación establecidos.
Posteriormente, podrá realizar el seguimiento de su expediente a través de Mi carpeta.