Departamento de Seguridad

Autorizaciones para la modificación de horarios

Descripción


Es objeto del Decreto 17/2019 de 5 de febrero la regulación de los horarios de los espectáculos públicos y actividades recreativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como otros aspectos de los mismos relacionados con los horarios.

 


Modificación de horarios de espectáculos y actividades recreativas, y modificación de horarios de locales de juego y hostelería

Modificar el horario de inicio/finalización o apertura/cierre de las actividades recreativas y espectáculos o de los locales de juego y hostelería.

 

A quién va dirigido


  • Locales de hostelería.
  • Locales de juego.
  • Locales de espectáculos públicos.
  • Otros espectáculos públicos y actividades recreativas.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Juego y Espectáculos

Organismo que resuelve

  • Seguridad / Viceconsejería de Protección Civil > Dirección de Juego y Espectáculos

Información de contacto


Datos de contacto

Oficina Territorial de Álava
Dirección: Calle Donostia-San Sebastián 1
01010 Vitoria-Gasteiz

Oficina Territorial de Bizkaia
Dirección: Calle Gran Vía, 81 1ª planta
48011 Bilbao

Oficina Territorial de Gipuzkoa
Dirección: Avenida Vitoria-Gasteiz, 3 4°
20018 Donostia-San Sebastián

Zuzenean
Dirección: Calle Donostia-San Sebastián 1
01010 Vitoria-Gasteiz

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código(s)

  • Modificación de horarios de espectáculos y actividades recreativas, y modificación de horarios de locales de juego y hostelería: 0021501

Solicitud y aportación de documentación


Tras la comprobación de la solicitud, se solicitan informes a los ayuntamientos afectados, servicio territorial competente y Unidad de Juego y Espectáculos de la Ertzaintza.

Plazo de presentacion:

A solicitud de la persona interesada.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

3 meses de acuerdo a lo establecido en la en artículo quinto del Decreto 36/2012, de 13 de marzo, de segunda modificación del Decreto por el que se establecen los horarios de los espectáculos públicos y actividades recreativas y otros aspectos relativos a estas actividades en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Efectos del silencio

Estimatorios

Otros trámites