Evaluación externa para obtener el diploma de reconocimiento Harrobi

Descripción


Se desarrolla el proceso para la obtención del diploma Harrobi en el ámbito socioeconómico privado de la CAPV.

Mediante Resolución de la Viceconsejera de Política Lingüística se ha desarrollado el Decreto 97/2023, por el que se regula el sistema de evaluación, acreditación y reconocimiento del nivel de desarrollo del euskera en la actividad y gestión de las entidades públicas y privadas. Concretamente, la resolución regula el proceso de obtención del nuevo diploma Harrobi de uso, gestión y compromiso del euskera en el sector socioeconómico privado de la CAPV, así como la solicitud y requisitos a cumplir por las entidades que deseen acceder al servicio de evaluación externa.

  • Completar el sistema de reconocimiento, ofrecer una evaluación adaptada a las entidades que en un momento dado no pueden acreditar un nivel de certificación Bikain y reconocer su compromiso con el euskera.
  • Potenciar el uso, presencia y gestión del euskera en el ámbito socioeconómico privado.
  • Crear una “cantera” para los certificados Bikain, es decir, orientar hacia Bikain a las entidades que están dando sus primeros pasos en el uso y gestión del euskera.
  • Mediante la evaluación llevada a cabo por personal experto externo facilitar aportaciones cualificadas a las organizaciones que trabajan para incrementar el uso del euskera y fortalecer su gestión; ayudarles a reforzar sus puntos fuertes y a fijarse en sus debilidades, además de obtener orientaciones básicas para seguir avanzando.
  • Reconocer y dar garantía institucional al trabajo y esfuerzo realizado por las organizaciones que tienen en marcha este tipo de procesos.

A quién va dirigido


1.- El Decreto 97/2023, de 27de junio, por el que se regula el sistema de evaluación, acreditación y reconocimiento del nivel de desarrollo del euskera en la actividad y gestión de las entidades públicas y privadas, recoge en su artículo 2.1.a), que pueden solicitar la evaluación Harrobi «Las entidades privadas del ámbito socioeconómico, íntegramente o de forma parcial, siempre que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Euskadi».

2.- Las asociaciones que trabajen con personas voluntarias podrán tomar parte en el proceso de evaluación Harrobi. El voluntariado será considerado parte de la organización a efectos de la evaluación.

3.- Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 97/2023, cuando la plantilla de una entidad esté dispersa o exista una especial complejidad en cuanto a su estructura, composición y organización, se analizará la viabilidad de la evaluación o la forma más adecuada de realizarla en cada caso.

Se entenderá que la estructura, composición y organización de una entidad es especialmente compleja cuando esté integrada por varias sedes, tenga más de un centro de trabajo o tenga características especiales que impidan llevar a cabo el proceso de evaluación.

4.– Las entidades que soliciten la evaluación deberán disponer de una autonomía mínima para poder ser evaluadas, por lo que, si se presenta una sección, unidad o negocio de una entidad, se estudiará la viabilidad de su evaluación. Si finalmente se lleva a cabo, se evaluarán las cuestiones que se gestionan desde la matriz o central y que afectan al funcionamiento de toda la organización: política lingüística, imagen y comunicación, contratación, formación, etc.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Política Lingüística > Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Información de contacto


Datos de contacto

Para ponerse en contacto con la Secretaría Técnica:

Dirección de Investigación Lingüística y Coordinación

Correo electrónico: bikain@euskadi.eus

Teléfono: 945018105 / 945018115 / 945019487 / 945018109

Código(s)

Solicitud y aportación de documentación.


  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda al formulario online mediante el siguiente botón y rellene los datos de la solicitud.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Si una vez presentada la solicitud y transcurrido el plazo de 3 meses no se hubiera recibido resolución alguna, se entenderá que el silencio administrativo conlleva la denegación de la solicitud. No obstante, el plazo máximo para terminar la evaluación será de 6 meses, a partir de la recepción de la resolución de admisión.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites