02. VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi
- Entidad:
- Lehendakaritza
Objetivos
El VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres es la hoja de ruta diseñada para orientar la actividad de los poderes públicos vascos en materia de igualdad. Su objetivo es avanzar en el proceso que permitirá conseguir la igualdad real entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social. Para ello, el plan tiene 4 ámbitos de intervención que marcan hacia dónde hay que orientar las actuaciones.
|
Antecedentes
El VII Plan para la Igualdad de mujeres y hombres viene precedido por una larga tradición de planes en materia de igualdad de mujeres y hombres en la CAE:
- I Plan de acción positiva para las mujeres en la CAE. (1991-1994).
- II Plan de acción positiva para las mujeres en la CAE. (1995-1999).
- III Plan de acción positiva para las mujeres en la CAE. (1999-2004).
- IV Plan para la igualdad de mujeres y hombres enla CAPV (2006-2009).
- V Plan para la igualdad de mujeres y hombres en la CAE. (2010-2013).
- VI Plan para la igualdad de mujeres y hombres en la CAE. (2014-2017).
Legislatura
XI Legislatura
Departamentos implicados
Corresponde a Emakunde-Instituto Vasco dela Mujer, como órgano encargado del impulso, asesoramiento, planificación y evaluación de las políticas de igualdad en el ámbito dela CAE, elaborar el VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres. Para el desarrollo del VII plan, todos los Departamentos del Gobierno Vasco han de elaborar y aprobar sus propios planes o programas de igualdad.
Participación de agentes sociales
El VII Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres se ha elaborado a través de un proceso abierto y pautado, desarrollado a lo largo del año 2017, y en el que se han habilitado canales y momentos para la reflexión y el contraste político, técnico y social. En este proceso, ha tenido especial relevancia la participación del movimiento asociativo de mujeres de la CAE.
Impactos
- Impacto normativo:
La elaboración del VII Plan para la igualdad responde a un mandato de carácter legal establecido por el artículo 15 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, en virtud del cual, el Gobierno Vasco ha de aprobar al inicio de cada legislatura un plan general que recoja de forma coordinada y global las líneas de intervención y directrices que deben orientar la actividad de los poderes públicos vascos en materia de igualdad.
- Impacto organizativo :
El VII plan señala los principales objetivos generales de intervención que el Gobierno Vasco y sus departamentos, diputaciones forales y ayuntamientos han de perseguir de forma conjunta y coordinada a través de sus propios planes de actuación exigidos por la Ley para la igualdad.
- Impacto presupuestario y financiero:
El VII Plan tendrá una incidencia presupuestaria significativa en su despliegue operativo a través de los más de 100 planes para la igualdad vigentes en la CAE a nivel local, foral y autonómico, cuyo compromiso presupuestario será objeto de seguimiento y evaluación por parte de Emakunde.
- Impacto en otras actuaciones:
El VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres en la CAE forma parte del Programa de Planes Estratégicos aprobados por el Gobierno Vasco para la XI Legislatura, de hecho, su elaboración materializa el cumplimiento de la 4ª iniciativa del compromiso nº 145 y su desarrollo contribuirá a la consecución de uno de los quince objetivos de país que consiste en situar a Euskadi entre los países más avanzados en igualdad de género.
- Impacto en las relaciones institucionales :
El VII Plan responde a la voluntad de alinear sus objetivos con otros marcos programáticos de referencia:
- Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (ONU)
- Compromiso Estratégico de la Unión Europea para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2016-2019
Plazo previsto para la ejecución del plan
Fases Completadas
Fase | Fecha de inicio | Fecha de fin | Estado |
---|---|---|---|
Elaboración de Líneas estratégicas y económicas básicas | Completado | ||
Elaboración de Informes sobre Líneas estratégicas y económicas | Completado | ||
Elaboración del Plan | Completado | ||
Elaboración de Informes sobre los Planes | Completado | ||
Aprobación del Plan en Consejo de Gobierno | Completado |
Modos de evaluación
Modos de evaluación
Emakunde es el órgano encargado de realizar el seguimiento y la evaluación del VII Plan para la igualdad de mujeres y hombres en la CAE.
Evaluación de grado de cumplimento: Consiste en el seguimiento de la actuación de los poderes públicos vascos en relación a la planificación en la CAE en materia de igualdad de mujeres y hombres, que se realiza a través de un sistema de recogida de información mecanizado y telemático. Consta de análisis periódicos anuales y una evaluación final del grado de cumplimiento del VII Plan.
Evaluación de coherencia: Se desarrollará mediante una metodología cualitativa y abordará la dimensión conceptual y sustantiva de las políticas de igualdad de mujeres y hombres de la CAE para reflexionar sobre su calidad y potencial de transformación.
Evaluación de proceso: Centrada en profundizar en el propio proceso de implementación y su despliegue organizativo y operativo.
Evaluación de impacto: Analizará los efectos que tienen las políticas de igualdad en la modificación de la situación de las personas y colectivos destinatarios de las mismas a medio-largo plazo, a través de un sistema de indicadores de síntesis estratégico, definido a partir del Índice de Igualdad de Género (IIG) y complementado con los sistemas de seguimiento propios del plan y de los recursos de atención a mujeres víctimas de violencia.
Evaluación ex-post
- Fecha de evaluación:
Fecha de última modificación: