Euskadi, la primera comunidad autónoma que cuenta con una normativa específica para las pequeñas empresas de los sectores de pan y transformados vegetales
4 de marzo de 2019
- Las normas vascas han sido elaboradas conjuntamente por los departamentos de Desarrollo Económico e Infraestructuras y de Salud con el visto bueno de la Comisión Europea.
- Se completa el marco normativo planteado por el Parlamento Vasco para el desarrollo de pequeñas actividades de transformación de alimentos, circuitos cortos de comercialización y valoración del producto local.
Los obradores de pan-pastelería y las empresas de transformados vegetales de pequeño tamaño de Euskadi cuentan con normativas específicas que adaptan los requisitos higiénico-sanitarios de la Comunidad Europea a sus características. Las normas, elaboradas conjuntamente por los departamentos de Desarrollo Económico e Infraestructuras y de Salud con el visto bueno de la Comisión Europea, darán respuesta a las pequeñas actividades que desean transformar y comercializar a través de la venta directa sus producciones cumpliendo los estándares de calidad y seguridad.
Euskadi se convierte de esta manera en la primera Comunidad Autónoma que aprueba normativa específica para estos subsectores, que puede suponer, gracias a la flexibilización de los requisitos, un ahorro de hasta un 40% para las pequeñas empresas. Con ellas, son cuatro las normas de las que disponen los pequeños productores vascos, ya que anteriormente se habían elaborado las correspondientes a huevos, leche y sus derivados.
La normativa europea en materia higiénico-sanitaria establece una serie de principios generales relativos a la higiene de los alimentos, que pasan, entre otras cosas, por exigir la autorización y el registro de las actividades, unas instalaciones y prácticas de limpieza adecuadas, realizar analíticas e implementar un sistema documental de autocontrol.
El nuevo marco legal elaborado en Euskadi flexibiliza la aplicación de esta normativa europea, adaptándola a las características de las pequeñas actividades. Se reducen, por ejemplo, el número de locales independientes o la complejidad del sistema de autocontrol, manteniendo en todo momento los principios generales de Seguridad Alimentaria.
Estas normas tienen el visto bueno de la Comisión Europea, habiéndose cumplido el procedimiento de consulta oficial a Bruselas que exige este tipo de modificaciones de normativa de carácter técnico.
Productos y empresas beneficiados
Concretamente, los productos y el tamaño de las actividades que se han visto beneficiado ahora son:
En el sector del pan, pastelería y harinas, los productos son: pan y bollería ordinaria, pastelería, confitería y repostería, harinas (maíz, trigo, etc.) y pan rallado. En cuanto al volumen de producción, tiene que ser inferior a 1.250 Kg/semana de harina en productos de panadería y, en el caso del sector pastelería, el número de personas trabajadoras en obrador no será superior a 3.
En el sector de transformados vegetales, los productos son conservas vegetales y encurtidos, mermeladas y membrillo, germinados, zumos y derivados, vegetales pelados, troceados, deshidratados secados y/o cocidos y hortalizas frescas higienizadas (4ª gama). El volumen de producción debe ser inferior a los 2.500 Kg/año de producto transformado, con excepción de los zumos y similares que no superarán los 5.000 litros/año de producto transformado.
Los productos acogidos en el ámbito del Decreto podrán ser comercializados en la Comunidad Autónoma por venta directa o en circuito corto de comercialización, lo que se conoce como modalidad de venta de ámbito local o de proximidad.
Mandato Parlamentario
Con estas dos normas (publicadas en el BOPV del 21 de febrero) ya son cuatro las vigentes y se completa así el marco normativo planteado por el Parlamento Vasco en el año 2013 para posibilitar el desarrollo de pequeñas actividades de transformación de alimentos, los circuitos cortos de comercialización y la valoración del producto local. Las anteriores son las correspondientes a los subsectores de huevos y lácteos y derivados, también pioneras dentro de las Comunidades Autónomas, que se pusieron en marcha el pasado año y por las que se adaptaban a el tamaño de las explotaciones y se flexibilizaban los requisitos relativos a e instalaciones, sistema de autocontrol y analíticas.
La aprobación de esta reglamentación ha sido una de las prioridades del Gobierno Vasco para esta legislatura, ante la necesidad de dar solución a las dificultades planteadas por el sector primario, y forma parte de los principales instrumentos que se han puesto en marcha de cara a mejorar la competitividad del sector primario y avanzar en el desarrollo de la cadena de valor agroalimentaria vasca.
De esta forma se da respuesta a una demanda histórica por parte del tejido agroalimentario vasco, ya que muchas empresas de carácter no industrial tenían serias dificultades para cumplir la normativa higiénico-sanitaria vigente que emana de Europa.Si bien se ha completado el marco previsto, los Departamentos del Gobierno Vasco implicados señalan que es un proceso vivo, abierto a adaptaciones que marque la aplicación práctica de los requisitos así como a nuevos sectores alimentarios que puedan incorporase.