Becas de formación e investigación en el campo de las metodologías estadístico-matemáticas de la producción estadística de tipo oficial. Convocatoria 2017.
[becas-eustat]
- Organismo:
- EUSTAT - Instituto Vasco de Estadística
- Estado:
Descripción
Objeto
Provisión de dos becas de formación e investigación en el campo de las metodologías estadístico-matemáticas de la producción estadística de tipo oficial.
Las dos personas becarias van a formarse en la metodología estadística-matemática para la estimación del error total por métodos bayesianos y la estimación de variables cuantitativas mediante métodos de imputación múltiple. Estas metodologías están en relación directa con las operaciones de I+D que figuran en el anteproyecto de Ley Plan Vasco de Estadística 2014-2017.
Dotación presupuestaria
66.400 eurosPrestación económica
Cada beca estará dotada con una cantidad de quince mil seiscientos (15.600) euros anuales, incluidas las correspondientes cotizaciones sociales a la Seguridad Social.
Con independencia de la dotación económica señalada, Eustat sufragará los gastos incurridos por cada persona becaria respecto a los cursos de formación, dietas y viajes de asistencia a cursos y congresos relacionados con el tema de su proyecto, no pudiendo exceder la cuantía de los mismos de un total global de (2.000) euros durante el periodo completo de cada beca, siempre que hayan sido previamente aprobados por la Dirección del Instituto y se justifique documentalmente su realización.
Forma de pago:
Los pagos se harán efectivos en entregas mensuales por importe bruto de mil doscientos cincuenta (1.250) euros, previa presentación del informe mencionado en el punto VII.3 del Anexo I de la Resolución de la convocatoria. Los pagos estarán sujetos a las retenciones que fijen las normas tributarias en vigor.
Cada beca estará dotada con una cantidad de quince mil seiscientos (15.600) euros anuales, incluidas las correspondientes cotizaciones sociales a la Seguridad Social.
Con independencia de la dotación económica señalada, Eustat sufragará los gastos incurridos por cada persona becaria respecto a los cursos de formación, dietas y viajes de asistencia a cursos y congresos relacionados con el tema de su proyecto, no pudiendo exceder la cuantía de los mismos de un total global de (2.000) euros durante el periodo completo de cada beca, siempre que hayan sido previamente aprobados por la Dirección del Instituto y se justifique documentalmente su realización.
Los pagos se harán efectivos en entregas mensuales por importe bruto de mil doscientos cincuenta (1.250) euros, previa presentación del informe mencionado en el punto VII.3 del Anexo I de la Resolución de la convocatoria. Los pagos estarán sujetos a las retenciones que fijen las normas tributarias en vigor.
A quién va dirigido
Personas físicas
Requisitos
-
No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa, que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna prohibición legal que la inhabilite para obtener subvenciones o ayudas públicas, con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. -
No haber disfrutado de una beca de igual o similar contenido con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
- Acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad a la fecha de convocatoria de las becas.
-
Acreditar estar en posesión del título universitario requerido
Títulos universitarios oficiales otorgados a una persona física y registrados en el Ministerio de Educación (MEC).
Estar en posesión de una titulación universitaria de Grado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, en la que se imparta la materia de estadística, o de una diplomatura en estadística, y no haber transcurrido más de cinco años desde la fecha de obtención del título universitario.
En todo caso, los títulos obtenidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- EUSTAT - Instituto Vasco de Estadística > Dirección general del Instituto Vasco de Estadística-EUSTAT
Organismo que resuelve
- EUSTAT - Instituto Vasco de Estadística > Dirección general del Instituto Vasco de Estadística-EUSTAT
Información de contacto
Código
0032603Solicitud y aportación de documentación
Se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar el formulario de la solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
|
-
Debe aportar los siguientes documentos para acreditar sus datos de residencia:
- Copia escaneada del volante de padrón en formato electrónico o copia escaneada (en formato PDF).
Nota: Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento.
-
No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa, que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna prohibición legal que la inhabilite para obtener subvenciones o ayudas públicas, con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. -
No haber disfrutado de una beca de igual o similar contenido con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
- Acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad a la fecha de convocatoria de las becas.
-
Acreditar estar en posesión del título universitario requerido
Títulos universitarios oficiales otorgados a una persona física y registrados en el Ministerio de Educación (MEC).
Estar en posesión de una titulación universitaria de Grado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, en la que se imparta la materia de estadística, o de una diplomatura en estadística, y no haber transcurrido más de cinco años desde la fecha de obtención del título universitario.
En todo caso, los títulos obtenidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos -PDF-) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mi carpeta.
En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, para cumplimentar el formulario:
- Cumplimentar el formulario en el ordenador,
- guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
- imprimir el formulario,
- firmarlo de forma manuscrita
- y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos. |
-
Debe aportar los siguientes documentos para acreditar sus datos de residencia:
- Original o copia compulsada del volante de padrón.
Nota: Si usted da su consentimiento a la Administración para que consulte sus datos, no es necesario que aporte ningún documento.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
No haber recibido ninguna sanción, penal o administrativa, que le imposibilite obtener subvenciones o ayudas públicas.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
-
No estar incursa en ninguna prohibición legal que la inhabilite para obtener subvenciones o ayudas públicas, con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. -
No haber disfrutado de una beca de igual o similar contenido con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.
Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable.
- Acreditar los datos de residencia de la persona solicitante | Tener la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad a la fecha de convocatoria de las becas.
-
Acreditar estar en posesión del título universitario requerido
Títulos universitarios oficiales otorgados a una persona física y registrados en el Ministerio de Educación (MEC).
Estar en posesión de una titulación universitaria de Grado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, en la que se imparta la materia de estadística, o de una diplomatura en estadística, y no haber transcurrido más de cinco años desde la fecha de obtención del título universitario.
En todo caso, los títulos obtenidos en el extranjero o centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
4 meses, desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mi carpeta.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
¿Contra qué actos se interpone?
Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
El mismo órgano que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
1 mes.
Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
¿Contra qué actos se interpone?
Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
El mismo órgano que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
1 mes.
Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Datos personales, rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Nota: Las entidades actúan siempre con representantes.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar documentos a un procedimiento utilizando el canal presencial, rellene el formulario y entréguelo en los lugares de presentación señalados.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos del apartado Titular.
- Firme la solicitud.
Si usted actúa en representación de otra persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene el apartado Titular con los datos de la persona que representa y el apartado Representante con los suyos.
- Firme la solicitud.
Nota: Las entidades actúan siempre con representante.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad a la que usted representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar la ampliación del plazo en el trámite que tiene que realizar, rellene el formulario y entréguelo junto con la documentación que considere necesaria en los lugares de presentación señalados.
Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Más información: Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para desistir del procedimiento, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Puede desistir en cualquier momento antes de que se dicte la resolución
Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para solicitar el desistimiento del procedimiento, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares de presentación señalados.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la renuncia, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Dirección General (Sede Lakua):
C/ Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
NOTA: Las solicitudes que se presenten por correo postal se dirigirán a esta dirección (Sede Lakua).
- Oficina Territorial de Bizkaia:
Máximo Aguirre 18 bis – 3º
48011 Bilbao
- Oficina Territorial de Gipuzkoa:
Okendo, 16 – 3º
20004 Donostia-San Sebastián
- Oficina Territorial de Araba/Alava:
Samaniego, 2 – 7º
01008 Vitoria-Gasteiz
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para renunciar, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas