Ayudas acogidas al régimen de mínimis del programa de promoción de la calidad gastronómica, Gastrobikain 2019

[GASTROBIKAIN]

Descripción


Objeto

Apoyar económicamente a iniciativas gastronómicas que se consideran estratégicas en el sector de la gastronomía y la alimentación: nuevos negocios gastronómicos por personal recientemente titulado y consolidación de la excelencia por parte de negocios de restauración de reconocido prestigio.

Se establecen dos programas de ayudas:

a) Programa para promover nuevos proyectos gastronómicos. El objetivo es impulsar negocios de restauración emprendidos por personas de reciente titulación en grados universitarios en gastronomía o ciclo superior de cocina y restauración que vayan a poner en marcha un nuevo negocio gastronómico en el que la calidad sea seña de identidad.

b) Programa de consolidación de la excelencia. El objetivo es apoyar establecimientos gastronómicos con trayectoria y calidad reconocida, con el objeto de lograr una mejora en su reconocimiento en los estándares y acreditaciones de calidad del sector, especialmente en las guías de restauración y rankings de excelencia gastronómica reconocidos internacionalmente.

Por las propias características de cada uno de los programas, cada solicitante sólo podrá optar a uno de los programas.

Dotación presupuestaria

500.000 €

Prestación económica

Los recursos económicos destinados a financiar las ayudas contempladas en esta orden procederán exclusivamente de los créditos establecidos al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que, para el ejercicio 2019, ascienden a la cantidad de 500.000 euros, de los que 300.000 € corresponden al ejercicio 2019, y 200.000 al ejercicio 2020.

De esa dotación global máxima, 250.000 euros se destinarán al programa para promover nuevos proyectos gastronómicos, y 250.000 euros al programa de consolidación de la excelencia. En el caso de que no se agote la dotación de uno de los programas, la cantidad sobrante acrecerá al otro, en el caso de que en éste quedaran proyectos susceptibles de ser subvencionados.

Las ayudas consistirán en subvenciones a fondo perdido en las siguientes cuantías:

· Nuevos proyectos de negocios gastronómicos: hasta un máximo del 40% de la inversión subvencionable, con un máximo de 50.000 euros por proyecto.

· Consolidación de la excelencia: hasta un máximo del 40% de la inversión subvencionable, con un máximo de 80.000 euros por proyecto.

A quién va dirigido


Personas beneficiarias de las ayudas Gastrobikain

Personas físicas que vayan a asumir o hayan asumido directamente la dirección gastronómica del nuevo negocio. Personas jurídicas del sector privado: sólo aquéllas en las que la titularidad de la persona que asumirá la dirección gastronómica o cocina del negocio sea superior al 20%.

En ambos casos, la solicitante deberá tener domicilio en la Comunidad Autónoma del País Vasco y reunir los requisitos que se exigen.

Se excluye de la posibilidad de ser beneficiarias de las ayudas a las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro.

Requisitos:

  • Las personas físicas que vayan a asumir la dirección gastronómica o la cocina del nuevo negocio deberán estar en posesión de un título de grado universitario en gastronomía o de ciclo superior de cocina y restauración y como máximo cumplir 35 años en el año 2019.
  • Ser titular y dirigir un establecimiento gastronómico con trayectoria y alto nivel de calidad, reconocida en las guías de restauración y rankings de excelencia gastronómica utilizados internacionalmente, como, por ejemplo la Guía Michelin, el Ranking Fifty Best San Pellegrino, la Guía Repsol, la Guía Zagat, la Lista OAD o la Guía de la Academia Vasca de Gastronomía.

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Información de contacto


Mirari De Prado Embid

Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

Teléfono: 945 019679

E-mail: m-pradoembid@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1075902

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de seis meses desde la apertura de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación y pago


Los proyectos de inversión subvencionados habrán de haberse iniciado o iniciarse en 2019, y materializarse en el período comprendido entre el 1 de enero de dicho año y el 31 de diciembre de 2020.

La empresa beneficiaria podrá solicitar, con 15 días de antelación a la fecha prevista de finalización, una prórroga en la ejecución de la inversión por un plazo máximo de 12 meses.

Por tanto la empresa deberá de realizar el proyecto objeto de la ayuda en el plazo establecido inicialmente, o en su caso en el establecido en la prórroga.

Para justificar la inversión objeto de subvención la empresa beneficiaria deberá enviar la siguiente documentación a través de la sede electrónica.

Solicitud de Pago:

La solicitud de pago hay que realizarla en el plazo máximo de 3 meses, desde la finalización del plazo establecido para la realización de inversiones, o en su caso la prórroga.

Nota: Para facilitar el análisis de los datos aportados junto con la solicitud de pago, se solicita que cada factura, que tiene que llevar incorporado el número correlativo recogido en el cuadro de facturas, junto con el justificante de pago, se incorpore, en el proceso de TELETRAMITACIÓN, en dicho orden correlativo, identificándose la misma con el nombre del proveedor y dicho número correlativo.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Otros trámites