Subvenciones a galerías de arte de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el alquiler de stands: ARCO (2019)

[ARCO]

Descripción


Objeto

Regulación del régimen de concesión de subvenciones a galerías de arte, ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el alquiler de stands en la feria internacional de arte ARCO (Madrid, España) durante el año 2019, con objeto de difundir la obra de artistas vascos. 

Prestación económica

a) Para la participación en la Feria Internacional ARCO (Madrid. España), se destinará un importe global máximo de dieciséis mil (16.000) euros.

El importe de las subvenciones que se concedan alcanzará, por Galería, el ciento por ciento (100%) del coste del alquiler del stand sin rebasar el máximo de ocho mil (8.000) euros.

Forma de pago:

La subvención concedida mediante resolución se hará efectiva en un solo pago, una vez terminada la actividad, y tras la debida justificación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Instituto Vasco Etxepare

Organismo que resuelve

  • Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas > Instituto Vasco Etxepare

Información de contacto


Alberto Irazu a-irazu@etxepare.eus

Atención presencial:

  • Oficina: Instituto Vasco Etxepare. Edificio Tabakalera. Andre Zigarrogileen plaza, 1. 20012 Donostia-San Sebastián
  • Horario de atención: 08:30-14:00

Atención telefónica:

  • Teléfono: 943 023402
  • Horario de atención: 10:00-14:00

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1032205

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución de concesión se dictará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


La subvención se hará efectiva en un solo pago, una vez terminada la actividad, y tras las debida justificación

El plazo para la justificación de la subvención finalizará el 31 de diciembre de 2019.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formularios para la justificación
  • En el caso de estar percibiendo otras fuentes de financiación, deberá aportar este formulario junto con la documentación de justificación de la ayuda.

Otros trámites