Ayudas para el desarrollo de acciones orientadas a promocionar la movilidad activa entre el alumnado de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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Descripción


Objeto

La finalidad de estas ayudas es financiar entre julio de 2018 y mayo de 2019 la creación y dinamización de caminos escolares, orientados a aprovechar las oportunidades que ofrecen los espacios urbanos, para los desplazamientos activos y seguros.

Se entiende por caminos escolares, itinerarios concretos, prefijados y marcados que pueden ser utilizados por la población escolar en el trayecto de ida y vuelta al centro educativo de forma activa (a pie, en monopatín, en bicicleta, etc.) con seguridad y autonomía, recuperando así el uso y disfrute del espacio público.

Guía para el desarrollo de proyectos locales de caminos escolares (PDF, 366 KB)

 

Dotación presupuestaria

94.000 euros

Prestación económica

Límite prestación

La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el cien por cien del importe subvencionable hasta un máximo de 6.000 euros por proyecto presentado.

Si una vez adjudicadas las cantidades correspondientes a cada proyecto, el total adjudicado no alcanzara el presupuesto asignado, se procederá a aumentar el máximo subvencionable por proyecto hasta la adjudicación del total del presupuesto asignado referido en el artículo 3.1 de la presente convocatoria.

Forma de pago:

Las ayudas se abonarán de la siguiente manera:

a) Un 70% en el momento de la concesión, una vez aprobada y publicada la resolución, y aceptada la ayuda, expresa o tácitamente, en el plazo dispuesto en el artículo 17.a).

b) El 30% restante después de la realización del proyecto subvencionado, tras la justificación de la realización y del gasto total del proyecto objeto de subvención.

Todo pago irá precedido de la verificación de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y de que ha abonado cualquier deuda derivada de un procedimiento de reintegro en materia de subvenciones.

 

A quién va dirigido


Asociaciones

Requisitos:

  • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el Epígrafe de actividades económicas

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

  • Para acreditar que la asociación, federación o confederación está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Estar declarada de utilidad pública

Sociedad cooperativa

Requisitos:

  • Para acreditar que la cooperativa está legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente

  • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Estar constituida como cooperativa de enseñanza
  • Estar legalmente constituida

Requisitos

  • Documentos que deben acampañar a la solicitud | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00)

  • Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido ayudas sujetas al régimen de minimis.

Organismos


Organismo que convoca

  • Salud / Viceconsejería de Salud > Dirección de Salud Pública y Adicciones

Organismo que resuelve

  • Salud > Viceconsejería de Salud

Información de contacto


ALAVA. Unidad de Promoción de la Salud - 945 017157

BIZKAIA. Unidad de Promoción de la Salud - 94 4031577

GIPUZKOA. Unidad de Promoción de la Salud - 943 022717

Sede Central de Gobierno Vasco: 945 019203

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0088609

Solicitud y aportación de documentación


El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 25 de octubre de 2018.

Se debe presentar una solicitud por cada proyecto que presente cada entidad.

Las solicitudes deberán presentarse por medios electrónicos mediante el acceso a la sede electrónica de euskadi.eus citada en el artículo 21 de la presente orden.

Pueden presentar solicitudes representantes de entidades con identificación electrónica admitida, de acuerdo con lo dispuesto en el art 21.3 de la presente orden:

a) Si la persona representante se ha identificado con un certificado electrónico de representante de entidad, no debe realizar ninguna gestión para su acreditación.

b) Si la persona representante se ha identificado con un certificado de persona física, la representación debe estar acreditada en el registro electrónico de representantes citada en el art 21.2 de la presente orden.

 

Las asociaciones o cooperativas solicitantes podrán presentar la solicitud, junto con el resto de la documentación exigida, en el idioma oficial de su elección. Así mismo, en las actuaciones derivadas de la solicitud, y durante todo el procedimiento, se utilizará el idioma elegido por la entidad solicitante, tal y como establece el artículo 6.1 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados
  3. firmar la solicitud
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Plazo de presentación: 1 de Junio de 2019

 

Para justificar la realización del proyecto objeto de subvención deberá aportarse la siguiente documentación:

a) Memoria descriptiva de la realización del proyecto objeto de la subvención que figura como Anexo II en la sede electrónica de euskadi.eus

b) Certificación expedida por el representante del centro en el que conste el cumplimiento del objetivo y finalidad del proyecto objeto de la subvención.

c) Relación de ingresos y gastos, especificando, en su caso, la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.

d) Copia simple de facturas u otras acreditaciones de pago firmadas por la persona representante de la entidad solicitante que acrediten la efectiva realización del pago y del proyecto objeto de subvención.

e) Documentación gráfica representativa complementaria que evidencie la realización del proyecto.

f) En caso de justificación de la aportación propia de la entidad beneficiaria en la forma de valorización del personal voluntario, certificado firmado por la persona representante legal de la entidad que conste de los datos de la persona voluntaria (Nombre, apellidos y DNI), el número de horas, el coste por hora, el importe total y la firma de la persona voluntaria.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites