Convocatoria para el año 2017 de ayudas al retorno juvenil destinadas a la contratación de personas jóvenes en centros de trabajo en la CAPV. Subvención por gastos de desplazamiento a la CAPV asociados al retorno.
[REJ1]
- Entidad:
-
Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
- Estado:
Descripción
Objeto
Promover la contratación de personas jóvenes menores de 35 años que, durante al menos los últimos 12 meses no han trabajado ni residido en la CAPV pero que están vinculadas a la misma por alguna de las siguientes causas:
- Nacimiento
- Haber realizado estudios presenciales y haber obtenido un título oficial
- Vecindad administrativa durante 2 años anteriores a su salida.
La finalidad de esta convocatoria es promover que:
- a) Las personas jóvenes menores de 35 años, vinculadas a la CAPV y que desean retornar, se inserten en el mercado laboral vasco. Para ello, también se subvencionan parcialmente sus gastos de desplazamiento.
- b) Las empresas vascas incorporen personas jóvenes que han adquirido o ampliado sus competencias profesionales y/o lingüísticas fuera de Euskadi.
Se establecen dos líneas de ayuda:
- A- Ayuda a la Contratación: A las empresas vascas que contraten personas jóvenes menores de 35 años, en los términos y condiciones de la convocatoria.
- B- Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno: A las personas jóvenes contratadas por las empresas vascas en el marco de esta convocatoria.
Dotación presupuestaria
100.000 €Prestación económica
Podrán ser objeto de subvención los gastos de desplazamiento asociados al retorno a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las personas contratadas en el marco de esta convocatoria.
De total de recursos económicos destinados a esta convocatoria (1.766.667 euros), la dotación para la Ayuda por Gastos de Desplazamiento a la CAPV asociados al Retorno es de 100.000 euros.
Las ayudas por el desplazamiento se concederán, en su caso, previa solicitud y transcurridos 3 meses desde el inicio del contrato, una vez verificados por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo los datos de identidad y de padrón de la persona solicitante de la ayuda.
La cuantía de la ayuda por desplazamiento varía en función del lugar desde el que retornan las personas jóvenes:
- 150 euros, desde cualquier Comunidad Autónoma del Estado, siempre que la distancia desde el lugar de origen sea superior a 300 Km.
- 800 euros, desde un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza.
- 1.000 euros, desde otros países del mundo.
Las solicitudes para esta ayuda serán analizadas por orden de presentación, y las subvenciones se concederán, en el mismo orden, a todas aquellas que cumplan los requisitos y condiciones previstos en la convocatoria, así hasta el agotamiento de los fondos destinados a su financiación.
Forma de pago:
En un único pago, tras la Resolución de concesión de la ayuda del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, y previa comprobación por parte de Lanbide del alta y mantenimiento en el padrón en algún municipio de la CAPV.
A quién va dirigido
Personas contratadas
Las personas contratadas, en el marco de esta convocatoria, por las empresas beneficiarias de la subvención de ayuda a la contratación, previa solicitud presentada al efecto.
Requisitos:
-
Alta y mantenimiento en el Padrón en algún municipio de la CAPV
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las personas contratadas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las personas contratadas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Verificación automática por Lanbide. En el caso de denegar el consentimiento para esta verificación, las personas contratadas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable de la persona contratada solicitante en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Declaración responsable de la persona contratada solicitante en la solicitud.
Requisitos generales
-
Persona Física
En el supuesto de que la solicitante sea una persona física, copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente, o Número de Identificación de Extranjero, o autorización expresa para que el órgano gestor de la ayuda proceda a la comprobación o verificación de los datos de identidad.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo / Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Dirección de Activación Laboral
Organismo que resuelve
- Lanbide - Servicio Vasco de Empleo > Director General de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo
Organismo cofinanciador
- Fondo Social Europeo (FSE)
Información de contacto
Lanbide – Servicio Vasco de Empleo
945 181 335 / / 945 181 309
E-mail: retornojuvenil@lanbide.eus
Código
10503Solicitud y aportación de documentación
El plazo de presentación de solicitudes de subvención por gastos de desplazamiento a la CAPV asociados al retorno se iniciará el día siguiente de la formalización del contrato laboral y finalizará el 31 de enero de 2018.
Documentación a aportar junto con la solicitud:
Copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente, o Número de Identificación de Extranjero, o autorización expresa para que el órgano gestor de la ayuda proceda a la comprobación o verificación de los datos de “ identidad
En el caso de que la persona solicitante deniegue expresamente el consentimiento para la verificación automática por Lanbide de sus datos, deberá adjuntar a la solicitud Certificado actualizado de empadronamiento en la CAPV
Si la solicitud no viniera cumplimentada en todos sus términos o no fuera acompañada de la documentación preceptiva relacionada en el párrafo anterior, se requerirá a la persona interesada para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida en su solicitud, y Lanbide-Servicio Vasco de Empleo dictará resolución expresa sobre esa solicitud y la notificará
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Documentación general
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
Persona Física
En el supuesto de que la solicitante sea una persona física, copia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento de identidad equivalente, o Número de Identificación de Extranjero, o autorización expresa para que el órgano gestor de la ayuda proceda a la comprobación o verificación de los datos de identidad.
-
Alta y mantenimiento en el Padrón en algún municipio de la CAPV
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las personas contratadas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Verificación automática por Lanbide. En caso de denegar el consentimiento para esta verificación automática, las personas contratadas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
Hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones.
Verificación automática por Lanbide. En el caso de denegar el consentimiento para esta verificación, las personas contratadas presentarán certificados actualizados que acrediten esta condición.
-
No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Declaración responsable de la persona contratada solicitante en la solicitud.
-
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el art.13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.
Declaración responsable de la persona contratada solicitante en la solicitud.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Estimatorios
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario que encontrará a continuación y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
Es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
Tiene carácter potestativo, lo cual quiere decir que las personas interesadas tienen la alternativa de interponer el recurso de reposición o bien, si lo prefieren, interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Aquellos que no pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
- El mismo que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes si el acto recurrido es expreso.
- En cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 1 mes: si en este plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
En caso de interponer recurso potestativo de reposición, posteriormente cabe interponer recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
No obstante, comoquiera que el recurso de reposición tiene carácter potestativo, las personas interesadas pueden interponer el recurso contencioso-administrativo directamente.
Otros trámites
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
No se requiere documentación para este trámite.
- Servicios Centrales de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Calle Jose Atxotegi 1, 01009 Vitoria-Gasteiz.
- Oficinas Territoriales de Empleo de Lanbide.
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas